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Demandan al Ayuntamiento de Suances por tratar de legalizar “a la carta” el chalé del pedáneo de Ongayo

Vivienda de Ongayo construida en Suelo Rústico de Especial Protección.

Rubén Vivar

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El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Santander ha admitido a trámite una denuncia presentada contra el Ayuntamiento de Suances por incumplir una sentencia judicial que obliga a la Administración municipal a demoler una vivienda construida en Suelo Rústico de Especial Protección propiedad del pedáneo de Ongayo, el regionalista José Ramón Rioz.

Además, el demandante -un vecino de la localidad, miembro de la Ejecutiva municipal de Ciudadanos- acusa al Consistorio que dirige Andrés Ruiz Moya (PSOE) de tratar de llevar a cabo una “legalización a la carta” mediante una recalificación en el nuevo Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) que actualmente se encuentra en tramitación.  

En 2013, el Juzgado de lo Contencioso número 1 de Santander ya estimó parcialmente una denuncia interpuesta por esta misma persona. El tribunal consideró que las obras de construcción de la vivienda unifamiliar eran “ilegales” ya que la licencia concedida en 1999 carecía de la preceptiva autorización de la Comisión Regional de Urbanismo, si bien estimó que ello no conlleva necesariamente el derribo de la casa. 

En este sentido, el juez creyó que se trataba de un “defecto de tramitación” y, al “no constar la imposibilidad de legalización”, requirió al propietario a obtener la pertinente autorización. No obstante, en la sentencia advirtió que “evidentemente, si no se cumpliera el trámite o no se obtuviera esa autorización, una vez anulada la licencia de 1999, procedería la demolición de la vivienda”.

Esta sentencia fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) en 2014, desestimando el recurso de apelación presentado por el Ayuntamiento. En enero del año pasado, la Comisión Regional de Urbanismo denegó la solicitud de legalización de la construcción, una decisión que fue ratificada por este mismo órgano cuatro meses más tarde -en mayo-, desechando así el recurso de alzada del pedáneo. 

Nuevamente, Rioz Cobo volvió a recurrir este acuerdo ante el contencioso administrativo y nuevamente su recurso fue desestimado en un fallo judicial dictado el pasado mes de mayo por el TSJC.

A pesar de estos fallos judiciales y pese a la “imposibilidad” de obtener la autorización de la CROTU, el Ayuntamiento ha iniciado de oficio hasta tres procedimientos de revisión de la licencia de obra “con el fin de no proceder a declararla nula”, señala el denunciante Julio Cesar Ricciardiello, que es colindante y perjudicado por la construcción.

Cambio de legislación

En su defensa, el pedáneo de Ongayo y el Consistorio sostienen que en el año 1999 la vivienda era legalizable por la Comisión Regional ya que en esas fechas existía una normativa urbanística menos restrictiva y por tanto, “no constituye una infracción urbanística grave”.

Sin embargo, para el demandante esta afirmación “supone elucubrar respecto de algo que nunca sucedió, pues no llegó nunca a tramitarse la autorización, no porque el Ayuntamiento considerase suficiente la autorización de la Comisión Regional de Urbanismo (CRU) concedida en el año 1992 para otra vivienda prefabricada que existió previamente en la finca de Ríoz Cobo, como falazmente se indica en el Informe Jurídico, sino porque, requerido en 1999 por la Corporación para que tramitara la correspondiente solicitud de autorización de construcción en suelo rústico para su nueva vivienda, dejó transcurrir el plazo”.

“Si el Auntamiento hubiese considerado suficiente la autorización de la CRU de 1992 de la vivienda prefabricada anterior, tal y como alega, no habría requerido a Rioz Cobo para que la tramitase una nueva en 1999”, incide.

Según relata en su demanda, la vivienda viene siendo ocupada desde su terminación en el año 2008 “sin licencia de primera ocupación, porque así lo ha permitido la Corporación, al igual que le permitió la construcción de su vivienda en suelo rústico de especial protección sin la preceptiva autorización de la CRU”.

Además, Ricciardiello acusa a los servicios técnicos municipales de pretender dar por concedida la licencia de primera ocupación “por silencio administrativo”, lo cual considera “sorprendente”. Por todo ello, ha solicitado ante la Justicia que anule la licencia de obra y ordene la demolición de lo indebidamente construido. 

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