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Medio Rural aprueba la creación del Libro de Registro Genealógico de la gallina pedresa en Cantabria

EUROPA PRESS

SANTANDER —

La Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación ha publicado hoy en el Boletín Oficial de Cantabria la orden por la cual se crea el Libro de Registro Genealógico de la Raza Aviar Pedresa y aprueba su funcionamiento en Cantabria.

El objetivo del nuevo texto es definir el estándar racial de estas gallinas y establecer las normas para la correcta inscripción de sus ejemplares en el mismo.

Para ello, se hace una minuciosa descripción morfológica de la raza -gallo, gallina y pollito recién nacido-, así como de las características productivas que han de cumplir (rasgos del huevo, la puesta anual y el peso medio del ave en ambos sexos), ha informado el Gobierno regional en nota de prensa.

La orden también concreta la calificación morfológica obligatoria para que los ejemplares puedan ser registrados. Este dato será el método por el cual se evalúe el tipo-conformación de los reproductores, cuantificando el grado de aproximación de cada individuo al prototipo racial.

Dicha calificación se realizará por apreciación visual, valorando cada región corporal en función de unas cifras ya establecidas y reflejadas en la disposición hoy publicada en el BOC.

Además, cada animal inscrito en el libro genealógico deberá estar clasificado como 'pendiente de calificación', 'pendiente de filiación', 'aptos como reproductores' y 'no aptos como reproductores', además de concretar el estado de 'activo' o 'baja' en caso de haber sido declarado muerto o desaparecido.

Del mismo modo, la orden detalla los requisitos a cumplir por los lotes de reproducción, que serán grupos de ejemplares formados dentro de un gallinero para garantizar que los huevos puestos por dicho conjunto reproductivo sean fecundados en su totalidad por el gallo elegido. En el caso de esta raza, estarán compuestos por un número de hasta 20 gallinas y un macho. Asimismo, se establecen la forma de identificación y de registro de cada uno de estos grupos.

El libro también obliga a las explotaciones a cumplir una serie de requerimientos para poder ser catalogadas como activas, entre ellos que existan al menos seis animales activos o un lote de reproducción y que el titular haya comunicado el alta de los mismos.

Finalmente, la orden define otras figuras como la del director técnico del libro y de los calificadores de la raza o los certificados zootécnicos.

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