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La AVC impugna ante el TSJPV las limitaciones a la apertura de bares en el Casco Viejo y el Ensanche

La AVC impugna ante el TSJPV las limitaciones a la apertura de bares en el  Casco Viejo y el Ensanche

EUROPA PRESS

BILBAO —

La Autoridad Vasca de la Competencia (AVC) ha impugnado ante el TSJPV las limitaciones incluidas en el PER del Casco Viejo a la apertura de bares y ha comunicado ya al Alto Tribunal vasco que también presentará una demanda en el caso de las restricciones establecidas para la zona del Ensanche por el Ayuntamiento de Bilbao, según han informado fuentes de este organismo a Europa Press.

Esta decisión se produce después de que el Ayuntamiento tomara estas decisiones en relación a estas zonas de Bilbao. En concreto, el 30 de junio de 2006 el pleno aprobó la modificación del Plan Especial de Rehabilitación del Casco Viejo (PER) en lo relativo a las normas urbanísticas referidas a los usos.

La normativa urbanística aprobada establece la exigencia de respetar distancias para la implantación de establecimientos de hostelería, entidades de crédito y agencias de seguros, actividades de juego y recreativas y alimentación en régimen de autoservicio. Esta exigencia variará en base a la densidad del número de este tipo de negocios ubicados en cada zona.

Además, algunos espacios contarán con regulación específica y no podrán admitir la apertura de nuevos locales de hostelería por albergar una alta densidad de éstos.

Unos meses más tarde, en noviembre de 2016, el pleno del Consistorio aprobó la nueva normativa urbanística para Indautxu, Abando y parte de Castaños, Basurto y Ametzola, que impide la implantación de nuevas actividades de hostelería en los tramos densificados, que representan el 18,3% del total.

ENSANCHE

De esta manera, el Ayuntamiento de Bilbao concluía la tramitación de la modificación del planeamiento urbanístico en el ámbito de la Ordenanza 7 del Ensanche del PGOU.

Según han explicado fuentes de la AVC, el Ayuntamiento, con argumentaciones “no idénticas” pero “muy parecidas” en ambos casos, alega “razones urbanísticas y medioambientales” para estas restricciones, pero “sin justificar esas razones medioambientales” ni cómo las medidas que ellos adoptan “contribuyen efectivamente a garantizar el medio ambiente y no están basadas en razones económicas”.

En este sentido, han recordado que la posición reiterada de la UE es que las razones económicas están “prohibidas”, al igual que el equilibrio de usos comerciales. Por ello, la Autoridad Vasca de la Competencia ha impugnado ante los tribunales, en concreto, ante el TSJPV, las dos medidas, la relativa al Casco Viejo y la del Ensanche.

En el caso del Casco Viejo, ya se ha interpuesto la demanda y, en el relativo al Ensanche, se ha anunciado la presentación de la misma pero todavía no se ha formalizado, aunque se interpondrá.

La Autoridad Vasca de la Competencia ha aludido a las “consecuencias negativas” de las “restricciones” establecidas por el Ayuntamiento de Bilbao, además de considerar que “vulneran la competencia”. “Tienen unas consecuencias negativas para los ciudadanos muy importantes”, ha añadido.

CASCO VIEJO

En concreto, en el informe de alegaciones que realizó la AVC a la modificación del PER del Casco Viejo, se apunta que supondría una reducción de oferta al dificultar e incluso impedir el acceso al mercado de nuevos competidores.

Además, a su juicio, esas limitaciones dan una “ventaja injustificada” y una “posición privilegiada” para los operadores actuales. “Alguien que tiene una licencia para un bar y sabe que no se pueden abrir más bares tiene la posibilidad de revender su licencia a un precio que no tiene nada que ver con el precio que existiría si las licencias estuvieran abiertas”, ha asegurado.

Por lo tanto, la Autoridad Vasca de la Competencia cree que existe el riesgo de generación de “un mercado de licencias de segunda mano” y producir un “incremento no justificado” del precio de las licencias que ya ostentan algunos operadores.

“Los que ya tienen una licencia salen muy beneficiados y, además, se generan ventajas para ellos que son muy negativas para los ciudadanos porque, en la medida en que ellos saben que no puede entrar ningún operador nuevo, no hay ningún incentivo a incrementar la calidad porque saben que los clientes están cautivos. Saben que tienen clientes de todas todas, no tienen ningún incentivo a la mejora, ni a la bajada de precios para hacerse mas atractivos a los clientes”, ha manifestado.

A juicio de la Autoridad Vasca de la Competencia, también se produce una “afectación general” en la competencia porque las medidas restrictivas afectan, de forma directa o indirecta, a la composición de la oferta comercial y hostelera, y dificultan la actividad económica en la zona donde se aplican las restricciones.

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