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Consejo de Administración de EiTB rechaza las peticiones de retirada del ERE y de cese de la directora general

EUROPA PRESS

BILBAO —

Según ha informado el ente público, el Consejo de Administración ha rechazado las distintas votaciones de retirada del ERE, ya que una decisión firme de revocación del acuerdo de 29 de abril precisa de dos tercios de votos, un mínimo de 14 votos.

A solicitud de distintos miembros del Consejo de Administración se han realizado diversas votaciones. Los miembros del Consejo han rechazado la propuesta de los representantes del PSE para solicitar la retirada del expediente de regulación de empleo en Eusko Irratia, ya que a favor han votado 6, en contra 8, con la abstención o no participación del resto.

También los miembros del Consejo han rechazado la propuesta de los representantes del EH Bildu para solicitar el abandono del expediente de regulación de empleo en Eusko Irratia, ya que a favor han votado 6, en contra 11, con la abstención o no participación del resto.

ANALIZAR LA PLANTILLA

El Consejo ha declarado su posición favorable a analizar y negociar la plantilla estructural de las Sociedades del Grupo EiTB, en una votación que ha concitado el apoyo de 18 miembros y 2 en contra.

La Dirección de EiTB ha dicho compartir la necesidad de este análisis y ha manifestado la voluntad de diálogo social y de negociación en el marco de un nuevo convenio colectivo que junto con la plantilla estructural también debe abordar la organización por grupos profesionales y la eficiencia.

La Dirección General de EiTB seguirá, por tanto, adelante con la Convocatoria Pública de Empleo en Eusko Irratia, S.A. aprobada en el Consejo de Administración del 29 de abril de 2014 por mayoría cualificada de dos tercios, atendiendo para ello a la legislación vigente.

Según ha explicado, responde a las exigencias legales la presentación del preaviso de extinción colectiva de contratos, comunicado el 16 de enero de 2015, como instrumento jurídico ineludible para regularizar la situación interina de indefinidos no fijos y proceder a amortizar 30 de las 79 plazas de dicho colectivo.

SENTENCIA DEL SUPREMO

El Tribunal Supremo, en sentencia del 24 de junio de 2014, rectificó el criterio que había defendido durante años, y desde esa fecha exige que cuando la administración pública proceda a amortizar el puesto ocupado por un trabajador indefinido no fijo, se siga el mismo procedimiento que para los despidos individuales o colectivos establecido con carácter general en el Estatuto de los Trabajadores.

Tras esta sentencia, la Dirección de EITB ha asegurado que incurriría en una “ilegalidad”, si extinguiera los contratos de aquellas personas que no han obtenido plaza sin un procedimiento de despido colectivo.

La Convocatoria Pública de Empleo de 49 plazas, que permitiera la cobertura reglamentaria de aquellos puestos que se consideran indispensables para garantizar las necesidades actuales y futuras de la actividad de las radios del grupo, fue aprobada el 29 de abril de 2014 por el Consejo de Administración, el órgano legalmente establecido para la toma de decisiones respecto a las medidas de reordenación de la plantilla.

La aprobación se produjo con una mayoría cualificada de dos tercios. Los seis consejeros propuestos por EAJ/PNV, los cuatro propuestos por EH-Bildu y los consejeros de Eusko Ikaskuntza, Euskaltzaindia, LAB y la propia directora general, 14 en total, votaron a favor de esta convocatoria, mientras que los tres consejeros del PSE-EE y el de la Unión de Consumidores de Euskadi se abstuvieron en la votación. Tan solo los dos representantes del PP votaron en contra de dicho acuerdo.

La Convocatoria Pública de Empleo cumple el principio legal del artículo 47 de la Ley 5/1982, de Creación de EITB, en el que se establece que el acceso al empleo ha de realizarse mediante convocatoria pública. A través de la gestión de la convocatoria pública de empleo, la Dirección General de EiTB ha puesto en marcha los mecanismos necesarios para garantizar los principios rectores de acceso al empleo público en condiciones de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, tal y como había acordado el Consejo de Administración.

CESE DE LA DIRECTORA GENERAL

Las propuestas realizadas por los representantes del PSE-EE en el Consejo de Administración, en las que se pedía solicitar al Gobierno el cese inmediato de la directora general, Maite Iturbe, y el cese del director de Recursos Humanos, Javier Salcedo, por “el impulso de un ERE en un servicio público sin haber buscado el diálogo social” se han votado separadamente.

En presencia de los 20 miembros del Consejo de Administración, este órgano ha rechazado la propuesta de petición de cese de la Dirección General, ya que ha contado únicamente con 5 votos favorables, por lo que no ha alcanzado la mayoría necesaria de dos tercios (14) de los votos que recoge el artículo 19 de la Ley 5/1982 de Creación de EiTB.

También ha rechazado el Consejo de Administración el cese del director de Recursos Humanos. Sin embargo, sea cual fuese el resultado, EiTB ha recordado que la competencia de nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo corresponde exclusivamente a la Dirección General y, en consecuencia, cualquier votación del Consejo de Administración que no sea propiamente competencia suya se considera únicamente de carácter declarativo.

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