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El Constitucional avala el 'blindaje' del Concierto Económico vasco

eldiarionorte.es

El Tribunal Constitucional ha avalado la ley que determina que las normas tributarias vascas solo puedan recurrirse ante ese tribunal de garantías y no ante los ordinarios, el denominado “blindaje” del Concierto Económico vasco. El Constitucional ha aprobado por unanimidad una sentencia en la que resuelve los recursos presentados por el Gobierno y el Parlamento de La Rioja y el Gobierno y las Cortes de Castilla y León, contra dicha ley, aprobada en 2010.

Esa norma supuso la modificación de las leyes reguladoras del Tribunal Constitucional, del Poder Judicial (LOPJ) y de la jurisdicción Contencioso-administrativa (LJCA) con el objeto de que los recursos contra las normas fiscales de los territorios históricos de Álava, Gipuzkoa y Bizkaia solo pudieran presentarse ante el Constitucional.

Se pretendía con ello evitar “la judicialización” del Concierto Económico vasco, pero tanto los gobiernos como los parlamentos de La Rioja y Castilla y León entendieron que ese nuevo régimen procesal contravenía el modelo de control constitucional existente. En la sentencia se establece que ese control no queda desnaturalizado, dado que pese a que las normas forales tienen rango reglamentario y no de ley, son singulares, pues sustituyen a las leyes estatales en los territorios históricos.

Dado que esas normas forales sustituyen en el País Vasco a las leyes tributarias estatales, fruto de la garantía de foralidad que la propia Constitución reconoce y dado que el legislador está habilitado introducir nuevos procesos de control constitucional, no se puede poner “ningún reparo” a la normativa aprobada.

Agrega que se trata del mismo mecanismo de control jurisdiccional que tienen las disposiciones de la Comunidad Foral de Navarra, puesto que unas normas y otras, legales y reglamentarias, tienen el mismo fin constitucional: “el mantenimiento, establecimiento y regulación, dentro de su territorio, de su propio régimen tributario”.

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