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El Gobierno Urkullu, condenado por segunda vez por despidos políticos

La consejera de Desarrollo Económico, Arantza Tapia, junto al director del Grupo SPRI Alexander Arriola.

Igor Marín

El Gobierno Urkullu ha sido condenado por segunda vez en un mes por despidos políticos a empleados públicos del Grupo SPRI, la agencia de desarrollo empresarial pública del Ejecutivo vasco. El juzgado de lo social número 2 de Bilbao ha considerado nulo el despido de un trabajador del Parque Tecnológico de Bizkaia y le obliga a su “readmisión inmediata” al existir una “vulneración de los derechos fundamentales”.

A finales de enero, otro juzgado también calificó como nulo el despido de otro trabajador de la SPRI. Ambos, junto a otros seis trabajadores más, se quedaron sin su puesto de trabajo en mayo pasado, justo una semana después de que el PSE rechazara apoyar los primeros presupuestos de Urkullu. Todo ellos tenían un contrato laboral, sin ser cargos de designación política, que habían pasado por un proceso de selección previo regido por los criterios exigidos por el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas (TVCP). Lo que significa que hubo publicidad, concurrencia y mérito. Todos ellos fueron contratados durante la anterior etapa del Gobierno socialista y la sociedad pública del Gobierno ejecutó los ceses acogiéndose a la reforma laboral, al aducir causas económicas y objetivas.

Cinco de ellos decidieron llevar el caso a los tribunales (tres llegaron a acuerdos personales) y las dos sentencias dictadas han coincidido en calificar de nulos los despidos. Entre marzo y mayo se celebrarán los otros tres juicios pendientes.

En el segundo despido nulo dictado, la juez constata que el trabajador es afiliado del PSE y rechaza los argumentos de la empresa de causas económicas, ya que se mantiene en el área de comunicación en la que estaba el empleado a otra persona, “cargo público del PNV con un sueldo anual que ronda los 80.000 euros”, casi el doble del despedido. “Choca contra las reglas de la lógica despedir por razones económicas a un trabajador con un salario anual de 45.000 euros y mantener a una trabajadora con un sueldo anual de 80.000 euros. Tal actuar solo puede obedecer a la vinculación política de los implicados, el despedido del PSE, y la persona que se mantiene en su puesto, cercana al PNV”.

Como en la primera sentencia, vincula, “como otro dato indiciario” de la vulneración de derechos fundamentales, este despido con los otros siete acometidos el mismo día, en mayo pasado, en el Grupo SPRI. Descarta causas organizativas, ya que “la empresa no ha aportado ninguna prueba sobre una nueva configuración o estructuración de la sociedad”. La juez concluye que el despido no obedeció a las causas económicas y organizativas “expuestas en la carta de despido, sino única y exclusivamente a su vinculación política al Partido Socialista”.

El fallo, además de la readmisión inmediata, obliga al pago de todos los salarios desde el día del despido, en mayo del pasado año. La sentencia puede ser recurrida ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, pero el trabajador ya tiene que volver a su puesto de forma inmediata.

Durante la pasada legislatura, la SPRI tuvo que readmitir a una trabajadora por los mismos motivos aducidos ahora. Un juzgado sentenció que se rescindió su contrato por razones políticas, un fallo que fue corroborado por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

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