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El Gobierno niega haber copiado un lema del PNV para la publicidad institucional

El lehendari, Iñigo Urkullu, en una comparecencia en Lehendakaritza.

Aitor Guenaga

Bilbao —

El Gobierno vasco niega la mayor en la demanda presentada contra él por haberse apropiado para su publicidad institucional del lema utilizado por el PNV en la campaña de las autonómicas vascas de 2012 'Compromiso Euskadi'. “El lema del PNV durante la campaña electoral no fue 'Compromiso con las personas-Pertsona helburu', sino 'Compromiso Euskadi' en castellano y 'Euskadi Aurrera' en euskera”, recuerda el Ejecutivo en sus alegaciones a la demanda. Además, acusa a los impulsores del litigio de “confundir interesadamente” lo que es un 'claim' y lo que es el lema de una “campaña, agotada tras la celebración de las elecciones”.

El Ejecutivo entiende, además, que el claim 'Compromiso con las personas-Pertsona Helburu' “no es una campaña institucional de publicidad o comunicación”, sino un “signo de identidad específico” que acompaña a la marca corporativa Eusko Jaurlaritza-Gobierno vasco y que tiene vocación de permanencia. Nada que ver con el lema de una campaña, que finaliza cuando la misma acaba.

Precisamente por esa razón considera que no le es aplicable la Ley de Publicidad vigente y que la decisión del Gobierno de aprobar ese “signo de identidad” se apoya en un decreto aprobado en agosto de 1999 que regula el Manual de Identidad Corporativa del Gobierno vasco, según apunta el Ejecutivo en su escrito de contestación a la demanda que firma la letrada Mila Agirre. Para el Ejecutivo autonómico, la marca corporativa seria 'Eusko Jaurlaritza-Gobierno vasco', mientras que el 'claim' 'Compromiso con las personas-Pertsona Helburu' se distingue de los lemas de las campañas publicitarias porque “tiene vocación de permanencia” y puede “durar una o más legislaturas, mientras que el lema de las campañas nace y desaparece con cada una de ellas”, explica la abogada gubernamental.

Por contra, la demanda, formalizada por los socialistas vascos a finales del pasado año, considera la actuación del Ejecutivo como un “verdadero fraude de ley” y cree además que contraviene la Ley de Publicidad y Comunicación Institucional de 2010. Esta norma, aprobada durante la etapa del Gobierno socialista, establece que “la publicidad institucional no podrá inducir a confusión con los símbolos, ideas, expresiones, diseños o imágenes empleadas por cualquier formación política”. Para el PSE, lo aprobado contraviene esos principios al “darse una identidad absoluta” con elemento central de la campaña electoral del PNV en las pasadas elecciones autonómicas.

Por contra, la letrada del Gobierno apunta que “la utilización de una palabra genérica como es ”compromiso“, con múltiples significados, no puede generar riesgo de confusión en la ciudadanía, porque la utilización de una palabra no puede ser considerada un signo suficientemente diferenciador para identificar con él un concreto o exclusivo mensaje político. Es decir, la palabra ”compromiso“ no es exclusiva, ni va asociada al partido político PNV”, argumenta en su escrito.

Jurisprudencia del Supremo

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia vasco deberá analizar si el Ejecutivo de Urkullu ha lesionado al resto de partidos al usar “dinero público” para “dar continuación, en el subconsciente colectivo, a los lemas, ideas, expresiones e imágenes de la formación que sostiene al Gobierno”, el PNV.

Para reforzar sus posiciones, la demanda incluye jurisprudencia sobre este tipo de litigios. El letrado que actúa en nombre de los socialistas vascos menciona una sentencia del Tribunal Supremo del 9 de octubre de 2006 en relación con un lema usado por la comunidad autónoma de Murcia: “Vota por su futuro” y su “estrecha proximidad al del PP ”Tu futuro nuestro compromiso“. La resolución afirma que pese a la ”existencia de diferencias de tipo gráfico y gramatical“ es ”muy fácil establecer una relación entre ese mensaje del Gobierno de la región de Murcia y la propaganda del PP“.

El alto tribunal -que dio la razón a la Junta Electoral por ordenar la retirada de la campaña institucional de Murcia- argumentó que “no es propio de las campañas institucionales incluir mensajes que puedan solaparse, confundirse o relacionarse, siquiera indirectamente, con las de las formaciones políticas contendientes en las elecciones ya que, de darse la posibilidad de que eso suceda, se estarían alterando las condiciones de igualdad y objetividad que han de presidir todo proceso electoral”.

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