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La Ley de Vivienda se estrena bajo la sombra de un recurso de inconstitucionalidad

La Ley de Vivienda garantiza el derecho subjetivo a una casa.

Eduardo Azumendi

La nueva Ley de Vivienda, aprobada por el Parlamento vasco en junio pasado, entra en vigor el 26 de septiembre. Y sobre ella pende aún la sombra de la duda de si finalmente el Gobierno central la recurrirá y pedirá su impugnación al Tribunal Constitucional por considerar que invade competencias. La secretaria general del PSE, Idoia Mendia, ha vuelto a inquirir sobre la cuestión al lehendakari, Iñigo Urkullu, durante el debate de Política General. Los socialistas han sido los principales impulsores de una norma que implanta el derecho subjetivo a la vivienda y que contó con el respaldo de EH Bildu y de UPyD para salir adelante en el Parlamento vasco.

Mendia solicitó al lehendakari que desarrolle los reglamentos previstos en la norma y que defienda esas competencias “con la misma contundencia con la que defiende otras”. “Aquí no se trata de hacer como que se hace, que es lo que ha insinuado su Gobierno. Aquí las preguntas son: ¿Tenemos competencias exclusivas en vivienda, como dice el Estatuto?¿Tenemos competencias para establecer un canon sobre viviendas vacías, como ponemos un canon sobre el uso del agua? ¿Tenemos competencias para regular el uso de viviendas privadas, como pretende su Gobierno con las que se destinan a alquileres turísticos?”, interpeló al jefe del Ejecutivo vasco.

El Ejecutivo de Mariano Rajoy avisó en su momento al Ejecutivo vasco de que las leyes de Vivienda y contra el Fracking, aprobadas en el Parlamento autonómico el 18 y 30 de junio, respectivamente, son “inconstitucionales” y advirtió de su intención de recurrirlas ante el Constitucional. Se da la circunstancia de que ninguna de ambas leyes fueron promovidas por el Gobierno que lidera el lehendakari Urkullu, ya que ambas fueron iniciativas de la oposición. Desde la aprobación de la ley se abrió un periodo de negociación de seis meses para que las dos administraciones puedan alcanzar algún tipo de acuerdo en la Comisión Bilateral de Cooperación que evite llegar al Constitucional.

Las principales claves de la Ley de Vivienda vasca son la implantación del derecho subjetivo a la vivienda, es decir, que cualquier persona empadronada en un municipio vasco “tiene el derecho a disfrutar de una vivienda digna, adecuada y accesible”. La necesidad de vivienda se satisface mediante el alquiler y si no es así, los ciudadanos podrán reclamar su derecho en los tribunales. En el primer año, tendrán derecho las unidades de convivencia de tres o más miembros, con ingresos inferiores a 15.000 euros anuales e inscritas en Etxebide con una antigüedad de cuatro o más años.

Además, la apuesta por el alquiler es evidente: los recursos en materia de vivienda, exceptuando los de rehabilitación, deberán llegar hasta el 80% para la promoción de políticas de alquiler y hasta el 100% pasados los cinco años siguientes a la publicación de la Ley. Por otra parte, se impone un canon a las viviendas vacías. Una imposición extrafiscal que supone 10 euros por metro cuadrado útil y año y que se verá incrementado en otro 10% por año que permanezca en esa situación con el límite del 30%.

La expropiación forzosa del uso temporal de viviendas incursas en procedimientos de desahucio por ejecución hipotecaria y lanzamientos por impagos de alquiler es una de las cuestiones que podrían ser recurridas. En este caso, se puede expropiar el uso de la vivienda a las entidades financieras por un plazo máximo de tres años para ofrecer la misma a sus antiguos propietarios o inquilinos a cambio de una cuota que no debe ser superior al 30% de los ingresos de la unidad familiar o no superior al 15% cuando no lleguen al salario mínimo interprofesional.

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