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Tercera condena por despidos políticos contra el Gobierno Urkullu

La consejera de Desarrollo Económico, Arantza Tapia, junto al director del Grupo SPRI Alexander Arriola.

Igor Marín

Tercera condena contra el Gobierno Urkullu en el tercer juicio celebrado por ex empleados del Grupo SPRI, la agencia de desarrollo empresarial pública del Ejecutivo vasco. El juzgado de lo social número 5 de Bilbao ha sentenciado como nulo por motivos de discriminación por razones políticas el despido de un trabajador de la empresa pública y le obliga a su “readmisión inmediata” en las mismas condiciones que tenía antes de la rescisión de contrato, realizada hace ya casi un año.

El fallo se une a los otros dos en idéntico sentido por otros dos jueces diferentes dictados en enero y febrero pasado. Los tres, junto a otros cinco trabajadores más, se quedaron sin su puesto de trabajo en mayo pasado, justo una semana después de que el PSE rechazara apoyar los primeros presupuestos de Urkullu. Todo ellos tenían un contrato laboral, sin ser cargos de designación política, que superaron un proceso de selección previo regido por los criterios del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas (TVCP), bajo los principios de publicidad, concurrencia y mérito. Todos ellos fueron contratados durante la anterior etapa del Gobierno socialista y la sociedad pública del Gobierno ejecutó los ceses acogiéndose a la reforma laboral, al aducir causas económicas y objetivas.

Cinco de ellos decidieron llevar el caso a los tribunales (tres llegaron a acuerdos personales) y ahora faltan por celebrarse las dos últimas vistas orales, fijadas para mayo.

En el tercer despido nulo dictado el pasado 24 de marzo (solo cuatro días después de la celebración del juicio), la juez destaca que el afectado, como los otros siete, fueron despedidos el mismo día, que eran afines o militantes socialistas y rechaza cualquier causa económica y organizativa, como adujo el Grupo SPRI, dependiente del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad que dirige Arantza Tapia. Pone en solfa las declaraciones del director general de SPRI, Alexander Arriola, quien aludió en el juicio a un plan de reorganización conocido solo por él. “Resulta revelador que [Arriola] declarara que había ideado un plan de reorganización que precisamente afectara a los ocho señalados y que no fuera conocido ni por el comité de empresa ni por los propios afectados”.

La juez agrega que queda evidenciado que no había un proyecto de reorganización que había justificado la causa organizativa y resalta que un empleador de carácter público “ha de actuar siempre con objetividad y sin asomo alguno de arbitrariedad”. El director presentó un organigrama en el juicio, que “en modo alguno se tiene por justificado”, señala la sentencia. Además, descarta las razones económicas basándose en la declaración del responsable de servicios de apoyo de SPRI, Aitor Peñeñori. La juez concluye que “ni entonces ni ahora conocemos si se ha reducido el número de fondos y subvenciones a gestionar, a lo que cabe añadir que el gasto de personal se ha mantenido”.

El fallo, además de la readmisión inmediata, obliga al pago de todos los salarios desde el día del despido, en mayo del pasado año. La sentencia puede ser recurrida ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, pero el trabajador ya tiene que volver a su puesto de forma inmediata.

Durante la pasada legislatura, la SPRI tuvo que readmitir a una trabajadora por los mismos motivos aducidos ahora. Un juzgado sentenció que se rescindió su contrato por razones políticas, un fallo que fue corroborado por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

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