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La fiscal salva a Eroski y pide la condena para el BBVA

Aitor Guenaga

Bilbao —

La Fiscalía ha salvado a la cooperativa Eroski en el juicio colectivo que se sigue en Bilbao contra ella por la comercialización de las aportaciones subordinadas y sin embargo ha pedido que el juez Marcos Bermúdez condene a la entidad financiera que colocó entre los consumidores este producto en 2004 y 2007.

A juicio del ministerio público -que ha invocado una sentencia del pleno del Tribunal Supremo de mayo de 2013- el juez debe condenar al banco porque actuó con “falta de transparencia” y no dio “la información necesaria” a los consumidores que suscribieron ese producto finaciero, tal y como ha intentado demostrar a lo largo del juicio la asociación de consumidores Adicae. La fiscal entiende que los contratos que se redactaron por parte del banco no fueron hechos de forma “clara y comprensible”, no hubo transparencia en el planteamiento con los clientes y hubo una falta clara de información porque los consumidores realmente no sabían “en qué consistía el producto”.

Por todo ello, la fiscal del caso cree que se deben declarar nulos los contratos y condenar al banco a devolver las cantidades invertidas por los clientes. En total son 68 los consumidores de esta demanda colectiva -tres retiraron la demanda tras pactar con la entidad bancaria- impulsada por Adicae.

“Veraz, clara y contundente”

Sin embargo, la situación procesal de la cooperativa ha mejorado sensiblemente tras la intervención de la fiscal en la segunda sesion de un juicio que ha quedado visto para sentencia. La Fiscalía considera que la cooperativa Eroski actuó de manera legal, las dos emisiones estuvieron supervisadas por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y no hubo “publicidad engañosa” en su campaña para conseguir que los consumidores adquirieran las aportaciones subordinadas.

La letrada de Adicae, por contra, ha asegurado en su informe final que la cooperativa Eroski intentó “tapar o disfrazar” el carácter perpetuo de la emisión y ha pedido la nulidad de los contratos al considerar que hubo cláusulas abusivas y publicidad engañosa. El abogado de Eroski, por su parte, ha defendido que las aportaciones subordinadas tienen “cobertura legal” y, además de ajustarse “escrupulosamente” a lo que establece la normativa vigente, han estado sujetas a un “intenso trabajo” de supervisión por parte de la CNMV. En este sentido, ha destacado la inexistencia de “cláusulas abusivas” y ha sostenido que se ofreció una información “veraz, clara y contundente” de la que suponía el producto.

La letrada del BBVA ha indicado que los gestores y dierectores de las sucursales donde se comercializaron las subordinadas de Eroski, se cumplió con la “transparencia informativa”. Y atribuyó cualquier situación posterior de desconocimiento sobre lo había contratado con el banco a que el cliente no “prestó atención”, por lo que solo a él “le será imputable el error”.

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