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La justicia da luz verde a la incineradora de Gipuzkoa

Protesta contra la incineradora en el Ayuntamiento de San Sebastián

eldiarionorte.es

La incineradora de Zubieta (Gipuzkoa) sigue adelante. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha desestimado la pretensión de la plataforma GuraSOS de que el proceso de adjudicación de la incineradora de Gipuzkoa sea suspendido cautelarmente por la falta de un proceso de participación ciudadana sobre la construcción de esta planta.

La resolución, que no es firme y es recurrible ante el Tribunal Supremo en casación, rechaza la pretensión de la plataforma de padres y madres contrarios a la incineración, GuraSOS, al entender que su “interés en la participación” ciudadana, “no puede prevalecer sobre el interés público en la ejecución del plan” de residuos de Gipuzkoa, “largamente demorado” ya, “cualquiera que haya sido la razón política o administrativa que haya podido influir” en ese retraso.

El portavoz de la Diputación de Gipuzkoa, Imanol Lasa, ha asegurado en su cuenta de Twitter que el fallo del TSJPV conocido hoy “es contundente, y subraya el interés público y la legitimidad del proyecto de construcción de la incineradora”.

El tribunal reconoce la “urgencia” existente en Gipuzkoa para “la puesta en marcha de procedimientos para la gestión de residuos”, que “se lleva a cabo actualmente con provisionalidad, mediante un vertedero situado en Cantabria”, y recalca que el proyecto “cuenta con una legitimidad de origen de sólida apariencia” avalada por el Plan Integral aprobado en su día por las Juntas Generales y “otras resoluciones públicas”.

Ponderación de intereses

La sentencia advierte de que el interés de GuraSOS en este asunto es “emergente y sobrevenido” y señala que, a pesar de “toda la legitimidad con la que pueda contar”, no justifica que otras actuaciones públicas “aprobadas, planificadas o programadas” desde mucho tiempo atrás “puedan quedar condicionadas en su desarrollo último ejecutivo por una exigencia de nueva tramitación que satisfaga el interés novedoso de una asociación privada en discutirlas”.

“Se está ante la ponderación de unos intereses públicos de notable entidad que comprometen, ya en fase definitiva, aspectos y bienes jurídicos relevantes de todos los habitantes de Gipuzkoa”, como la salud y el medioambiente, “frente al interés de un colectivo muy delimitado y organizado como asociación”. Y el tribunal considera que esa exigencia de GuraSOS “debe ser sacrificada por su muy inferior peso y valoración en el contexto y concepción más racional del interés general”.

La Sección Segunda del TSJPV tiene pendiente de resolver aún otro recurso interpuesto por GuraSOS sobre si suspende cautelarmente o no la autorización medioambiental integrada de la planta.

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