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La ley vasca de patrimonio documental mejorará la protección y difusión de los textos históricos

EUROPA PRESS

VITORIA —

El proyecto de ley, que a partir de ahora deberá tramitarse en el Parlamento vasco antes de su aprobación definitiva, define cuáles son los documentos que deben conservarse “por tener valor permanente”.

Dicho valor no está vinculado sólo al interés cultural o histórico de los fondos, sino también a su “relevancia administrativa o probatoria”.

El texto aprobado establece criterios “más flexibles” y acordes con la práctica de la gestión documental en los documentos de titularidad pública.

TIPOS DE DOCUMENTOS

Los fondos que, según el proyecto, integran el patrimonio documental de Euskadi incluyen, entre otros, los documentos de titularidad pública enumerados que tienen más de 40 años de antigüedad.

Además, se reconocen los documentos de titularidad privada con menos de 40 años de antigüedad que sean declarados expresamente declarados como patrimonio cultural.

SANCIONES

Por otra parte, el texto estructura el Sistema de Archivos de Euskadi (SAE), para el que crea una dirección y varios órganos de gestión y asesoramiento. La ley también profundiza en el reconocimiento del derecho de la ciudadanía a acceder a documentos de interés.

El proyecto establece un régimen sancionador específico sobre documentos y archivos. Hasta ahora se aplicaba el régimen sancionador general, previsto en la Ley de Patrimonio Cultural de 1990.

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