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Sin sorpresas: el tribunal confirma por escrito que no se anula el juicio del 'caso De Miguel'

El presidente del tribunal del 'caso De Miguel', Jaime Tapia

Iker Rioja Andueza

El 'caso De Miguel' no se ha caído como un “castillo de naipes” de saque, como pronosticaba en privado el abogado de uno de los imputados después de las primeras sesiones del juicio, copadas por duros alegatos de los letrados de los 26 acusados en busca de la anulación de pruebas y de la suspensión del juicio al entender que se habían obtenido pruebas de manera “inconfesable” o que las grabaciones que han dado pie a las acusaciones de corrupción habían sido obtenidas de manera ilícita. Como ya se confirmó en la última vista en torno a las cuestiones previas y procedimentales, el juicio continuará adelante a partir de 19 de febrero y será en la sentencia, en todo caso, cuando se analice si algunas pruebas han vulnerado los derechos de los acusados o si algunos delitos han prescrito. Así lo ha plasmado por escrito en auto dado a conocer este miércoles por el tribunal de este macroproceso por corrupción, compuesto por los magistrados Jaime Tapia (presidente), Elena Cabero (ponente) y Raúl Aztiria, y que confirma lo ya expresado verbalmente en el propio juicio.

Durante 91 folios, y citando numerosa jurisprudencia, el auto en torno a las cuestiones previas en este caso en el que se investiga la presunta trama de cobro de comisiones ilegales configurada en torno al que fuera 'número dos' del PNV de Álava, Alfredo de Miguel, pospone por ejemplo hasta la celebración completa de juicio el análisis sobre si las grabaciones están manipuladas. En ellas se alude al pago de comisiones como algo “dentro de lo normal”. En todo caso, el tribunal recuerda que no son ni mucho menos la única prueba contra los acusados. “No hay que olvidar que, en principio, se muestra como fuente de prueba independiente la declaración de la señora Alberdi”, subrayan los magistrados sobre Ainhoa Alberdi, que no sólo entregó las grabaciones a la Fiscalía sino que ha ratificado verbalmente en varias ocasiones que fue extorsionada para que abonara una comisión después de haber recibido un contrato 'a dedo' desde el parque tecnológico de Miñano.

Uno de los caballos de batalla de los letrados es la acusación de que todos los imputados actuaron como una “asociación ilícita”, es decir, que se concertaron en distintos ámbitos -instituciones, empresarios, etc.- con la red de empresas de De Miguel para desviar fondos. Alegan las partes que ese delito no se incorporó a la causa hasta que el fiscal presentó su acusación después de más de cinco años de investigación en el que no se había hecho mención a ello. Aseguran, primero, que los hechos pueden haber prescrito y, segundo, que no se han podido defender durante la fase de instrucción de estas acusaciones.

Según el tribunal, la naturaleza de la fase de instrucción, en la que se investigan los hechos, otorga flexibilidad a la hora de calificar los hechos precisamente porque los delitos pueden ir variando en función de las pruebas y testimonios obtenidos. “Las propias leyes procesales contemplan que el objeto del proceso es la determinación de los hechos y las personas que han podido participar en los mismos, y el objeto de aquélla va cristalizando, fijándose poco a poco”, se puede leer en el auto. En todo caso, sugiere a las defensas que aunque no se pueda eliminar ese delito 'in limine litis' lo aleguen durante el proceso: “tal vez [sea] una debilidad de la propia acusación”.

Asimismo, respecto a la petición de la hermana de De Miguel, Aintzane, que ejerció de contable de las distintas empresas investigadas, de que no se tenga en cuenta la documentación que aportó en su primera declaración, también ha quedado rechazada en esta fase y se pospone el análisis de las pruebas hasta la sentencia. Su defensa alegó que aquella comparecencia fue como testigo -con obligación de decir la verdad y colaborar- y luego fue citada como imputada -con derecho constitucional a no declarar y a no incriminarse-. En todo caso, la sala matiza ya que los documentos entregados en un primer momento no eran estrictamente sobre ella y los hechos por los que se le juzgan, sino sobre las empresas para las que trabajaba.

En cuanto a cuestiones más de forma, el tribunal confirma que los imputados declararán al final y que no tendrán que asistir a todas las sesiones del juicio, más de 100 de aquí al 25 de octubre. Asimismo, se entiende que no está acreditado que por motivos físicos o psíquicos uno de los imputados, Jesús Arruti padre, no pueda afrontar el proceso. En cuanto a las modificaciones propuestas respecto a la lista de testigos inicialmente prevista, la novedad más significativa es que el tribunal no considera oportuno que declare la exconsejera de Cultura, Miren Azkarate, propuesta por el director de Juventud, Xabier Sánchez Robles, acusado de haber otorgado contratos 'a dedo' injustificados a las empresas controladas por De Miguel.

“Teniendo en cuenta que se han admitido otros testigos del Departamento que pudieron llevar a cabo un trabajo menos institucional y más conectado con la problemática de los citados contratos, no se considera necesaria su deposición en el plenario”, arguye la sala.

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