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La Audiencia navarra obliga a dos bancos a anular subordinadas de Fagor y Eroski

EUROPA PRESS

Pamplona —

El Pleno de la Sección Tercera de la Audiencia de Navarra, compuesto por sus cinco magistrados, ha dictado dos sentencias que condenan a sendas entidades bancarias por la contratación por parte de unos clientes de aportaciones financieras subordinadas de Eroski y Fagor.

En concreto, el BBVA deberá devolver 49.825 y el Banco de Santander, 107.030,56 euros. Ambas sentencias pueden ser recurridas, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

En concreto, en la sentencia que condena al BBVA, el Pleno de la Sección Tercera de la Audiencia de Navarra considera “evidente” que en esa operación la entidad “no actuó como comisionista de Eroski sino de su cliente, quedando obligado directamente con los actores por no haber hecho constar nada en las órdenes de venta”.

“Si el empleado de la entidad bancaria no hizo constar en las órdenes de compra, ni en la antefirma, que actuaba en nombre de Eroski, quedó obligada de un modo directo con los actores”, se agrega.

Por su parte, en el fallo sobre las aportaciones financieras subordinadas de Fagor, la Audiencia de Navarra señala que “la mención contenida en el folleto informativo, ni es clara ni desde luego comprensible en cuanto a ese carácter perpetuo para los contratantes”. “Tampoco en la orden de compra se recoge ese carácter perpetuo, sino que se hace referencia al vencimiento en el 2050”, agrega.

Además, en la sentencia se indica que “ni siquiera consta que los empleados del banco hubieran proporcionado información sobre los riesgos de la inversión con la suficiente antelación, al hacerles la presentación del producto”.

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