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El Gobierno foral acordará un nuevo marco de colaboración con el Estado en materia penitenciaria

EUROPA PRESS

PAMPLONA —

El Gobierno de Navarra ha adoptado en su sesión de este miércoles un acuerdo por el que se autoriza a la consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia a iniciar conversaciones con el Gobierno central para establecer un nuevo marco de colaboración en materia penitenciaria. El objetivo fundamental es “adecuar la cooperación a las necesidades del actual centro, así como adaptar la nueva normativa judicial”.

Cabe recordar que en 1989 el Gobierno de Navarra y el Gobierno central firmaron un acuerdo temporal y provisional (que se ha venido renovando tácitamente todos los años) que incluye los compromisos de ambas instancias en materia penitenciaria. Entre otros, la Administración foral tiene asignado destinar una partida económica para suministrar alimentos al centro penitenciario, y realizar inversiones en el centro (reposición y suministro de material, reparaciones y obras menores).

También, la Administración foral tiene la competencia de parte del personal, y la prestación de servicios sociales y mejora de las condiciones de vida de los reclusos (formación cultural y educación, creación de talleres ocupacionales, actividades deportivas y de ocio, apoyo a las familias, y reinserción social de los presos).

Desde que el 2012 se abrió un nuevo centro penitenciario en la loma de Santa Lucía (Pamplona) con capacidad para más reclusos, “sus circunstancias han cambiado de forma sustancial”, ha detallado el Gobierno. Además, ha continuado, cuenta con más y mejores instalaciones de formación de los internos, dirigidas a su rehabilitación y reinserción, “por lo que es necesario adaptarse a la nueva situación”.

Por otro lado, el Gobierno ve necesaria una mayor coordinación entre ambas administraciones para adecuar a Navarra el contenido del Real Decreto 840/2011, que establece las circunstancias de trabajo en beneficio de la comunidad y de localización permanente del centro penitenciario. Esta normativa indica determinadas medidas de seguridad, así como la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad y sustitución de las penas.

Para ejecutar éstas y otras medidas, se hace necesaria una instancia de coordinación entre órganos judiciales y los servicios sanitarios y sociales comunitarios, con funciones de gestión (cumplimiento sucesivo de condenas penales, liquidaciones) y funciones de intervención (seguimiento del cumplimiento de los tratamientos, informes de los juzgados, criterios de intervención).

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