Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
El ataque limitado de Israel a Irán rebaja el temor a una guerra total en Oriente Medio
El voto en Euskadi, municipio a municipio, desde 1980
Opinión - Vivir sobre un polvorín. Por Rosa María Artal

Un juez anula una cláusula suelo y obliga al banco a devolver lo cobrado de más

Europa Press

Pamplona —

Un juzgado de Pamplona ha anulado en primera instancia la cláusula suelo de una hipoteca suscrita por una asociada de la asociación Irache con una entidad bancaria y ha ordenado al banco la devolución del dinero cobrado de más desde que tuvo lugar la sentencia del Tribunal Supremo sobre esta cuestión. Aunque aún está pendiente el cálculo del importe, a la afectada le podrían devolver unos 4.000 euros.

Según ha informado Irache en un comunicado, estima el juez que no se ha acreditado que la consumidora “tuviera exacto conocimiento del alcance de dicha cláusula” y cree que la “ausencia” de documentación explicativa o mayores elementos de juicio, más allá del propio préstamo, “dejaba desprovista de cualquier protección a la prestataria”, lo que supone “una ausencia de conocimiento”, más allá de que en este caso el banco no tuviese obligación de entregar oferta vinculante o folleto explicativo.

El juez, ha añadido la asociación, no consideró algo determinante que el esposo de la clienta fuese empleado de otra entidad bancaria, argumento que esgrimió el banco. Afirma la sentencia que el perfil de la contratante no ofrece datos de un “conocimiento especialmente importante de lo que supone la cláusula suelo”, tampoco por el hecho de ser autónoma.

Por otro lado, dicta la sentencia que la cláusula, que incluía el suelo del 4 por ciento en una hipoteca con un techo del 12 por ciento, “implica un evidente desequilibrio”, más aún si se tiene en cuenta “que desde el año 2007 se podía prever por la evolución de los tipos de interés (...) que la línea era descendente en cuanto a la aplicación de los tipos”.

Añade la sentencia que el comportamiento de la entidad “tampoco es de recibo” cuando consta ya desde el año 2012 que había habido reclamaciones de la clienta en las que pedía la reducción de las cuotas, ha señalado Irache.

“Falta de trasparencia”

Por todo ello, entiende el juez que queda demostrado “la falta de transparencia sin olvidar el mencionado desequilibrio” sin que la entidad haya cumplido con la debida diligencia en la información a la clienta.

Por ello, se anula la cláusula suelo, que deja de aplicarse y se obliga a recalcular las cuotas y a devolver las cantidades cobradas de más desde la sentencia del Tribunal Supremo sobre esta cuestión, en mayo de 2013 y que, según los cálculos de Irache, rondarán los 4.000 euros.

Esta sentencia se une a otras anteriores en las que socios de Irache están consiguiendo ante los tribunales que anulen las cláusulas suelo de sus préstamos hipotecarios y que les devuelvan las cantidades cobradas de más en virtud de este límite. Ya son 1.800 las personas que han acudido a Irache por esta cuestión y 309 las que, hasta el momento, han sido incluidas en diversas demandas ante los jueces.

Etiquetas
stats