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El número de viviendas protegidas de alquiler adjudicadas a víctimas de violencia de género se triplicó en 2014

EUROPA PRESS

PAMPLONA —

La Ley Foral de Derecho a la Vivienda establece para las víctimas de violencia de género una reserva del 3 por ciento respecto al número total de viviendas de las promociones a adjudicar, incrementándose hasta el 6 por ciento en el caso de las viviendas de alquiler sin opción a compra.

Para acceder a dicha reserva, estas mujeres deben contar con una acreditación expedida por el Instituto Navarro para la Familia e Igualdad y que ha sido ahora regulada por una orden foral del consejero de Políticas Sociales en funciones, Íñigo Alli, publicada recientemente en el Boletín Oficial de Navarra, con la que se viene a cubrir el vacío legal existente en este tema.

Este reconocimiento, que tendrá ahora una vigencia de dos años, permitirá a las víctimas de violencia de género acceder a una vivienda protegida independientemente de que ya sean propietarias de otra, generalmente del 50 por ciento y compartida con su agresor, ha informado el Gobierno foral en una nota.

El Instituto Navarro para la Familia e Igualdad recibió el año pasado 167 solicitudes para obtener la mencionada acreditación (93 nuevas y 57 de renovación). De ellas, se concedieron 150 credenciales (80 para alquiler y 70 para compra) y se denegaron 17, seis por desistimiento de la solicitante y 11 por no cumplir los requisitos.

RECONOCIMIENTO COMO VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO

Según la orden foral del consejero Allí, podrán acceder a este reconocimiento las mujeres que dispongan de una sentencia firme condenatoria para su agresor por hechos constitutivos de violencia de género; que cuenten con una orden de protección o medidas cautelares similares; o que tengan un informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que es una víctima de violencia de género hasta que se dicte la orden de protección.

Asimismo, también podrán obtenerlo las mujeres que dispongan de un informe técnico que atestigüe su condición de víctima. Este documento podrá ser expedido por los servicios sociales, los centros de salud, los centros de salud mental, los recursos de acogida, los equipos de atención integral de violencia de género o los servicios municipales de atención a mujeres con capacidad para ello.

La orden foral del consejero de Políticas Sociales en funciones, ha señalado el Ejecutivo, soluciona el vacío normativo que existía en cuanto a la expedición de la acreditación de víctima de violencia de género y establece unos criterios lo más homogéneos posible con las prestaciones que contempla la Cartera de Servicios Sociales de ámbito general para este colectivo.

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