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Viento del Norte es el contenedor de opinión de elDiario.es/Euskadi. En este espacio caben las opiniones y noticias de todos los ángulos y prismas de una sociedad compleja e interesante. Opinión, bien diferenciada de la información, para conocer las claves de un presente que está en continuo cambio.

El Supremo y la educación segregada

Un informe estatal señala que el 96,4 % de los colegios concertados cobran una cuota a las familias

Pablo García de Vicuña

El mundo educativo con cierta e indisimulada osadía, suele vivir de espaldas a las resoluciones, sentencias y demás producción jurídica que ofrecen diariamente las distintas instancias de nuestro complejo sistema judicial. Probablemente, salvo en el propio saber que bebe del aprendizaje jurídico expreso –donde la mayoría de tales decisiones son estudiadas y desmenuzadas en un análisis exhaustivo- el resto de la comunidad educativa no tiene en la Justicia más interés que el que emana de su condición de ser un poder –o contrapoder en sentido “montesquieniano”- para conformar la condición de ciudadanía.

Es cierto, sin embargo, que la proliferación en los últimos años de noticias judiciales, consecuencia de la abultada presencia de delitos de corrupción entre nuestra clase política, nos ha familiarizado a la mayoría social con términos como suplicatorio, recurso de casación o voto particular. Una vez más, la realidad viene en ayuda de la propia docencia, a la hora de hacer aprehensibles términos excesivamente teóricos. (Hace unos años, la juventud identificaba con precipitada inocencia el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco con “Doce hombres sin piedad” -la película de Lumet que encumbró a Henry Fonda-, o al fiscal general del Estado con el Perry Mason televisivo. Tal era la lejanía con la que los asuntos judiciales se percibía en su propia realidad cotidiana).

Pero, aún hoy, si nos alejamos de los grandes titulares de procedimientos judiciales contra Bárcenas, la familia Pujol o la trama “Púnica”, tales asuntos sobre la ley son, en la mayoría de las ocasiones, comentarios oportunos en charlas de café que ayudan a distender el ambiente cargado de las aulas. Nada más.

Por eso, cuando surge alguna noticia del ámbito judicial que se relaciona con la educación –que en pocas ocasiones es noticia de portada- suele caer en el más absoluto de los silencios y es rápidamente fagocitada por la voracidad informativa global. Estas líneas que siguen pretenden rescatar durante unos minutos una noticia judicial con el trasfondo inequívoco de la educación por detrás.

La semana pasada, el Tribunal Supremo ha avalado la financiación con fondos públicos a los colegios que segregan a su alumnado por sexo, argumentando que no incurren en ningún tipo de discriminación. Esta decisión judicial es consecuencia del recurso que interpuso la Junta de Andalucía a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de aquella comunidad, que obligaba al gobierno andaluz a anular una resolución autonómica que denegaba el derecho a subvención para un colegio privado concertado, el Altair, de Sevilla.

El argumento empleado en su día por la Junta era simple de entender: no sufragar con fondos públicos –por ser centro educativo concertado- una decisión libre y privada del colegio, la de educar segregadamente por sexo. La Junta no entraba a valorar la decisión adoptada por el colegio; tan solo le retiraba el concierto económico con la argumentación de que los fondos públicos debían destinarse a la financiación de centros que asumieran una educación mixta, inclusiva, plural y no segregadora.

Lo que ahora contradice el Tribunal Supremo es que la decisión del gobierno andaluz infería un trato menos favorable, una posible desventaja económica del propio centro, respecto de otros concertados al derogarles el Concierto educativo. Y llega más allá el alto tribunal al decir que no está plenamente justificado en la actualidad que educar de forma diferenciada –neologismo de la educación en un solo sexo- genere discriminación ni desigualdad.

Este es precisamente el argumento empleado por los/as partidarios/as de tal sistema segregador: que en contra de la creencia general, este tipo de educación empodera a las mujeres, no las discrimina. Para ello, ensalzan las diferencias cognitivas y madurativas entre hombres y mujeres hasta el punto de considerarlas responsables de los distintos niveles de fracaso escolar entre sexos y materias. Esta realidad -no cuestionada por la mayoría de la psicología y la propia neurociencia, lo que no implica que acepten este tipo de educación- sería para los amantes de la educación diferenciada la mejor forma de atender a cada sexo: trabajar las áreas menos fortalecidas para cada caso, de forma diferenciada, la comprensión lectora en el sexo masculino y el cálculo y el razonamiento matemático en el femenino.

Lo que se olvida en este caso es que defender este principio (sólo la homogeneidad del aula favorece el aprendizaje) justifica de hecho el resto de argumentos diferenciadores, como el de la igualdad de oportunidades, por ejemplo. Aceptarlo supondría de facto la asunción de que también el principio de solidaridad e inclusividad debe ser revisado. ¿Por qué juntar en el mismo aula alumnado de distinta procedencia social y económica, si con ello estamos deshomogeneizando el aprendizaje? De aquí a iniciar una campaña a favor de la distribución del alumnado que se identifique con el mismo ISEC (índice socioeconómico y cultural) media un espacio cada vez más reducido para los/as defensores de la escuela diferenciada. Se debe acabar con la diversidad, defenderán, verdadero impulsor del fracaso escolar actual y volver a la homogeneidad que presidía hace unas décadas el ambiente educativo.

Se trata de una línea ideológica perfectamente construida en base a unos principios en los que libertad de elección de las familias, la obsesión por el esfuerzo y la competitividad escolar se convierten en semidioses de culto. Y es necesario combatir desde los poderes institucionales tal ideología, si no queremos ver nuestras escuelas públicas convertidas en lo que ya algunos comienzan a llamar las nuevas casas de misericordia, especialmente diseñadas para los grupos sociales sin aspiración ni posibilidades reales de optar a otras iniciativas. Así lo comprendió hace años el pedagogo Lorenzo Luzuriaga cuando insistía en que la enseñanza democrática es inseparable del ideal de una escuela compartida en condiciones de igualdad por toda la infancia de un país.

El último de los argumentos esgrimidos por la escuela segregadora por sexo pone en entredicho las ventajas de la coeducación actual que se imparte en los centros escolares, esgrimiendo que la tendencia natural del alumnado de corta edad es la agrupación en personas del mismo sexo. Insinúan así, que la escuela mixta, con su obligación de compartir experiencias y aprendizajes, dificulta una correcta socialización del individuo; pero para ello olvidan que esta tendencia natural a rodearse tan solo de individuos del propio sexo finaliza durante la adolescencia, etapa formativa que fuerza de forma natural a volver los ojos hacia los seres humanos del sexo contrario.

Precisamente uno de los valores que la escuela moderna introduce desde corta edad y por lo que es valorada de forma tan positiva en la normalización de las relaciones humanas es la modificación de hábitos familiares a través de la socialización que significa el aula plural. La heterogeneidad de la escuela moderna permite al alumnado entender la compleja diversidad del mundo que les rodea, donde la convivencia de familias monoparentales con otras con discapacitados y/o con inmigrantes democratiza las alegrías y penurias del mundo de hoy. Privarles de tal información sería trasladarles a un universo virtual, un avatar, cuyo parecido con la realidad sería pura coincidencia.

Flaco favor, por tanto, el que la sentencia del Tribunal Supremo ha ofrecido para los defensores/as de la escuela democrática actual. El único resquicio que queda para la esperanza es que tal dictamen está a expensas de lo que el Tribunal Constitucional decida sobre la propia ley educativa puesta en cuestión, que es la LOMCE, actualmente en vigor. Cuando este alto tribunal decida sobre el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la propia Junta de Andalucía contra este y otros preceptos de la ley, sabremos si la sentencia del Supremo es firme o no.

Decía la filósofa y educadora, Victoria Camps ('Creer en la educación'. Península, 2015) que (la escuela) debe enseñar a las personas a ser ciudadanos y no súbditos, a ser autónomas y no subordinadas. Y a las familias les corresponde apoyar estos objetivos, ofreciendo todo su soporte a la escuela y procurando que lo que se enseña en las aulas no se malogre en cuanto se abandona el recinto escolar.“ Pues, en ocasiones, las decisiones de las familias –como las que comparten la ideología del sevillano colegio Altair son ratificadas por la propia Justicia, aunque con ello se contribuya a malograr lo aprendido en el aula.

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