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Los ERE de Andalucía: una falacia judicial

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En este artículo voy a hacer abstracción de cifras y nombres. Hay ya suficiente información en los medios de comunicación, casi toda ella detractora, sobre los denominados ERE de Andalucía.

En Andalucía hubo una serie de empresas en crisis, con el consiguiente riesgo de pérdida de empleos o de su propia supervivencia.

Los trabajadores y trabajadoras de las empresas que sufrieron estas circunstancias y sus organizaciones sindicales (fundamentalmente CC.OO. y UGT) lucharon por el mantenimiento de sus puestos de trabajo, cuestión que en algunos casos se conseguía y en otros casos no. Si la empresa mantenía la actividad, mediante la puesta en marcha de un plan industrial: sin pérdida de empleo o con pérdida parcial de los mismos; en los casos de cierres de las empresas: la pérdida de todos los puestos de trabajo.

Ante la pérdida definitiva de puestos de trabajo, se planteaban dos medidas diferenciadas.

A) Medidas fundamentalmente en torno a la edad de los trabajadores que perdían el empleo. Se consideraba que a partir de una determinada edad, encontrar un nuevo empleo era muy difícil y en la mayoría de los casos imposible. Por tanto habría que plantear medidas excepcionales para estas situaciones. De aquí nacieron las llamadas ayudas socio-laborales que se articularon.

B) Otras medidas de ayudas a las empresas. Ante estas situaciones, la Junta de Andalucía decidió dar una salida, tanto a las trabajadoras y trabajadores como a las empresas. Ver aquí.

Me voy a referir a las ayudas socio-laborales de los trabajadores.

Las reivindicaciones de los trabajadores y sus organizaciones sindicales fueron dirigidas principalmente (no exclusivamente) a la Junta de Andalucía, al tener ya transferidas las competencias en materia de empleo.

6000 trabajadores y trabajadoras afectados

Eran alrededor de 6.000 trabajadores y trabajadoras, con más de 50 años de edad, que con el cierre de las empresas serían despedidas, irían a cobrar el desempleo correspondiente y a continuación la ayuda familiar. Trabajadores, en muchas de las empresas, con entre 20, 30 o 40 años de antigüedad. Muchos trabajadores y trabajadoras con más de 52 años de edad, con los que resulta prácticamente imposible encontrar un nuevo empleo en la mayoría de los casos, que hubieran terminado en el paro y/o en la exclusión social. Estos trabajadores fueron los que se beneficiaron de las ayudas socio-laborales que estableció la Junta de Andalucía, una de ellas fueron los ERE.

Bajo mi punto de vista, lo que ocurrió es que los jueces criminalizaron e impugnaron todo el proceso de los ERE, desde su inicio y aprobación en el Parlamento andaluz. Si en el proceso hubo quien se aprovechó, defraudó o, como vulgarmente se dice, “se llevó el dinero crudo”, como personajes, compañías aseguradoras e intermediarios, es sobre ellos y ellas sobre quienes hay que hacer caer todo el peso de la ley.

Sostengo que no se puede criminalizar e impugnar todo el proceso, desde su inicio y aprobación en el Parlamento andaluz, como han hecho los jueces y juezas en todo lo relacionado con los ERE. ¿Dónde está la división de los poderes judicial y legislativo?

Yo me alineo con los sociólogos, como mi amigo Alfonso Alcaide, militante de la HOAC de Sevilla, que plantea que “el capitalismo hace tiempo que dejó de ser un modo de producción para convertirse en una civilización que lo impregna todo, que impone su racionalidad a todo, incluso a las nuevas formas que tratan de escapar a su lógica”. Un militante amigo mío lo expresó con acierto, diciendo: “El problema no es el capitalismo en sí, el problema es el capitalismo en mí”. Un capitalismo que, como hemos dicho, lo impregna todo, tanto las prácticas humanizadoras como los estilos de vida alternativos, las políticas de progreso, las políticas sociales, del bien común, etc. Estoy de acuerdo con dichos sociólogos, los cuales plantean que en el proceso de cambio social, siempre presente en la historia humana, aunque con distintos ritmos y velocidades, se originan tres procesos que conviven y establecen relaciones de adaptación, de confrontación o de subordinación entre ellos. Estos tres procesos son: proceso de humanización, proceso de destrucción y proceso de justificación. El desarrollo de los mismos sería motivo para otro artículo.

Recapitulando

Gracias a las ayudas socio-laborales, no se dejó en la estacada a más de 6.000 trabajadores y sus familias andaluzas, pertenecientes a más de 40 empresas. Se dio una salida de carácter socialdemócrata, de forma consciente o inconsciente, me da igual, pero no dejó de ser una salida humanizadora, que el capitalismo neoliberal, neoconservador y neofascista, sumiso a las leyes del mercado, del que también están impregnados tanto la derecha como la ultraderecha y el poder judicial, no está dispuesto a tolerar, porque su lógica está dentro del proceso de destrucción. Lo ha llevado a la práctica claramente el PP en la gestión de la crisis de 2008, aplicando la doctrina del shock, cuando solo adoptó medidas contrarias a los trabajadores y trabajadoras. También recuerdo unas declaraciones del ínclito Javier Arenas, líder del PP, que, cuando se dio la crisis de Santana Motor, dijo que “cuando una empresa va mal, hay que cerrarla”.

Las medidas de los ERTE, adoptadas por el Gobierno de coalición progresista (PSOE-Unidas Podemos) junto a sus apoyos parlamentarios en estas últimas crisis, además de ser parte de un escudo social protector han formado parte del proceso de humanización.

Así pues, la sentencia sobre los ERE de Andalucía ha sido una falacia judicial.

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