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Pikara Magazine es una revista digital que practica un periodismo con enfoque feminista, crítico, transgresor y disfrutón. Abrimos este espacio en eldiario.es para invitar a sus lectoras y lectores a debatir sobre los temas que nos interesan, nos conciernen, nos inquietan.

Facebook y 'pornovenganza' en el territorio sin ley

Facebook afirma tras la polémica: "Nunca venderemos tu información a nadie"

Keren Manzano

Facebook está de barro hasta las cejas. La polémica reciente por una filtración masiva de datos personales de 87 millones de personas se suma a una larga lista de escándalos. Las usuarias más cautelosas limpian y editan sus historiales con mayor aprensión que nunca. Un pequeño desliz y sale a la luz aquella foto prohibida. La imagen que convierte a una dama virtuosa en una apestada condenada al ostracismo.

Corren tiempos de inseguridad e incertidumbre. El mundo cada vez más globalizado en que vivimos propicia nuevas formas de habitar y de relacionarse. Ahora que el flirteo conecta a personas que se hallan separadas por un océano, las nuevas tecnologías canalizan las prácticas del erotismo y el sexo. Sexting, cam sex, cibersexo son algunos de los términos que proliferan en un terreno casi virgen en el que se estipulan nuevas normas y se asumen nuevos riesgos.

Hace menos de un año, el diario británico The Guardian revelaba que Facebook evaluó 54.000 casos de pornografía de venganza y sextorsión en un solo mes. Para entonces, ya estábamos familiarizados con esos neologismos. Los descubrimos cuando comenzaron a popularizarse aquellas páginas web en las que hombres colgaban videos pornográficos caseros de sus exnovias con la intención de herirlas y hundir su reputación.

En una sociedad en la que el deseo femenino todavía se considera vergonzoso, exponer la intimidad de las mujeres públicamente es una forma de violencia cruda. Somete a aquellas afectadas a la crítica, la reprobación y al rechazo social. Pone en riesgo posibles oportunidades laborales, educativas e incluso relacionales. Si la sexualidad de las mujeres todavía se considera sucia, si la manifestación desacomplejada de su libido lesiona su feminidad, se puede afirmar que las mujeres que tienen prácticas heterosexuales corren más riesgos en el nuevo marco virtual del erotismo.

La responsabilidad de protección ante posibles agresiones no debería recaer sobre mujeres. En tanto que las nuevas formas de sexualidad ponen a las mujeres en una posición vulnerable, la ley debe encargarse de regular estas contingencias por tal de garantizar su derecho a la sexualidad libre de acoso en el marco actual. Sin embargo, pese a que la pornovenganza es una forma estandarizada de violencia contra las mujeres, no existe una figura jurídica que dé cuenta de esa realidad.

Para estos casos específicos de ciberacoso, se aplica una reforma del artículo 197 del Código Penal español que regula los delitos de descubrimiento y revelación de secretos. Esa modificación del 2015 castiga con pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses a aquella persona que, sin el consentimiento de la persona afectada, “difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales” obtenidos con su consentimiento y fuera del alcance de terceros.

Bajo ese marco legal, una forma cruda de violencia específica se regula y, por tanto, se equipara a delitos de invasión a la intimidad como el apoderamiento de las cartas, mensajes o correos electrónicos de otra persona. El bien jurídico protegido es el derecho a la intimidad y no el derecho a la sexualidad libre de violencia. Además, la ley no contempla la sextorsión. No hay un protocolo que inste a investigar a un hombre amenaza o chantajea a su exligue con publicar o compartir documentos de carácter íntimo. Los cuerpos de seguridad actúan cuando el daño ya está hecho. Las consecuencias son nefastas.

Si aprendimos algo cuando entendimos que tienen que haber leyes que regulan la violencia machista, el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, es que es necesaria una intervención publica en el ámbito privado. La ausencia de regulación específica que dé nombre a formas habituales de violencias impide el despliegue de medidas de protección integral para prevenir, sancionar, erradicar y prestar asistencia a las afectadas.

Cabe recordar que una Ley que se ampara bajo un criterio universal –esto es, por lo general, androcéntrico­–, y que no toma en consideración las especificidades de la experiencia de las mujeres, no hace efectivo el principio de igualdad de mujeres y hombres. Los resultados de una ley 'neutra' no son equitativos.

Para leer más:

¿Cómo será vivir sin miedo al porno de la venganza?

Barbijaputa reflexiona sobre las prácticas que aplica en su vida diaria para protegerse de la pornovenganza.

El derecho que nos viola, el derecho a la vida

Crónica sobre las jornadas que la oenegé Mugarik Gabe orzanizó en Bilbao para analizar y debatir sobre las legislaciones que regulan violencias machistas.

Misoginia por WhatsApp

Los ataques a la intimidad de las jóvenes a través de las redes sociales responden a una lógica sexista que aún está muy presente entre los adolescentes: aquella mujer que decide sobre su cuerpo es una guarra.

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