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Asociaciones judiciales alertan que el sistema LexNet permite identificar el DNI y el correo de los jueces

EUROPA PRESS

MADRID —

La Asociación Profesional de la Magistratura (APM), la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (FdV ), Jueces para la Democracia (JpD) y el Foro Judicial Independiente (FJI) han alertado al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de que el sistema de gestión electrónica de las resoluciones judiciales, que debe utilizarse obligatoriamente desde el pasado 1 de enero, permite que las personas que acceden a estas decisiones conozcan datos personales que identifican a jueces o magistrados como el DNI o su correo electrónico. Consideran que se pone en riesgo su integridad física y su seguridad.

En una carta remitida al órgano de gobierno de los jueces, las cuatro asociaciones judiciales transmiten su “extrema preocupación” por este hecho, y reclaman una solución porque los sistemas de firma electrónica de jueces y magistrados son los que provee esta institución, al contrario de lo que ocurre con fiscales o secretarios judiciales, que son cosa del Ministerio de Justicia.

Recuerdan que la normativa señala que el destinatario de la resolución judicial tiene derecho a verificar, sea a través delos sistemas de validación actualmente existentes (léase Acrobat Reader*) o a través, como está legalmente previsto, del Código Seguro de Verificación (CSV), no solo la integridad y autenticidad del documento, sino también la identidad de su autor, es decir, que ha sido emitido y firmado por quien dice ser, para lo cual es suficiente que el citado código incluya el nombre y apellidos, cuerpo y cargo del juez firmante.

SITUACIONES LÍMITE

Por ello, inciden que “La ley en absoluto exige que conste en la notificación, impresa o electrónica, el número de DNI, y menos el correo electrónico”, y que la publicación de éstos no solo constituye una flagrante vulneración de la Ley sino que “siendo innecesaria para acreditar la identidad del autor de la resolución, introduce un riesgo inadmisible para la seguridad de quienes, por la naturaleza de su actividad, están en permanente contacto con situaciones límite que afectan a los bienes jurídicos básicos de las persona”.

Recuerdan que en otros sectores, como los de fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, se dota a los agentes de un numero de identificación, y que “una cosa es que cada Administración deba adoptar las medidas adecuadas para facilitar la verificación de sus sellos electrónicos y la identidad de los firmantes, y otra muy distinta que deba dar publicidad a esos datos, poniendo en peligro grave la vida, integridad y seguridad física de sus miembros”.

RESPUESTA DEL CGPJ

El pasado viernes, la vocal del CGPJ respondió a requerimiento señalando que impulsarán medidas para evitar estas identificaciones, si bien advierte que éstas se pueden demorar y recuerda a las asociaciones judiciales que la identificación digital que incluye nombre, DNI y correo de los jueces cumple con la legalidad.

La vocal explica a los jueces que la tecnología de firma digital elegida por las Administraciones, sin ser la única opción, “es absolutamente legal y segura”, y que para evitar que determinados datos como los DNI se difundan pueden utilizarse recursos como la remisión del texto sin firma del juez pero con un código de verificación para que el ciudadano pueda comprobar si así lo quiere la integridad del documento, que queda almacenado en el sistema de gestión procesal digital.

No obstante, les recuerda que la inmensa información que circula en internet “y a la que se puede acceder de forma rápida y sencilla, permite averiguar datos personales como el DNI de la mayor parte de los jueces y magistrados, sin que esto suponga peligro alguno para salvaguardar información que no se haya subido a la red como cuentas personales, propiedades, o cualquier otro dato protegido” en las bases de organismos como la AEAT, la DGT o entidades financieras.

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