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La Audiencia Nacional investiga ayuntamientos por apoyar la declaración independentista

La Audiencia Nacional investiga ayuntamientos por apoyar la declaración independentista

EFE

Madrid —

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Dos juzgados de la Audiencia Nacional investigan a los ayuntamientos de Celrá (Girona) y La Seu d'Urgell (Lleida) por haber aprobado sendas mociones de apoyo a la resolución independentista del Parlament catalán, suspendida cautelarmente por el Tribunal Constitucional.

A petición de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, el juez Santiago Pedraz, titular juzgado central de instrucción número 1, ha abierto diligencias por la moción aprobada por el pleno municipal de Celrá.

En una providencia, el magistrado acepta la competencia de la Audiencia Nacional para conocer de este asunto por tratarse de delitos contra altos organismos de la nación y contra la forma de gobierno.

Por ello, acuerda reclamar al Ayuntamiento de Celrá la resolución adoptada por su pleno, así como “los informes del secretario y del interventor, actas y demás documentación obrante en el expediente”, que versa, explica, sobre la “aprobación de mociones de apoyo a la declaración de independencia del Parlamento de Cataluña”.

En los mismos términos ha resuelto el magistrado Fernando Andreu, titular del juzgado central de instrucción número 4, respecto a la moción aprobada por el Ayuntamiento de La Seu d'Urgell.

El Tribunal Constitucional suspendió cautelarmente el pasado 11 de noviembre la declaración independentista aprobada por el Parlament catalán después de ser impugnada por el Gobierno, y prevé anularla esta semana.

Después de esta suspensión temporal, la Fiscalía de la Audiencia Nacional dio instrucciones a las fuerzas de seguridad para vigilar que no se viole la legalidad respecto a esta resolución, ya que ello conllevaría delitos de los que es competente este tribunal.

En su instrucción, el fiscal jefe, Javier Zaragoza, afirmaba que sería competente para actuar contra las personas no aforadas que participaran en los actos independentistas, como podrían ser “otras autoridades, funcionarios públicos o particulares”.

La Audiencia Nacional podría ejercer su competencia en este caso si se ejecutan “actos constitutivos de rebelión y sedición cuando la finalidad o el propósito de los mismos sea cambiar ilegalmente la organización territorial del Estado y declarar la independencia de una parte del territorio nacional, en el caso en cuestión de la Comunidad Autónoma de Cataluña”.

Según Zaragoza, los actos que persigan ese fin violan la Constitución porque “se ejecutan con el propósito de cambiar ilegalmente la organización del Estado”.

Este delito de sedición -penado con entre 10 y 15 años de prisión- podría conllevar también, avisaba entonces el fiscal jefe, los de prevaricación, desobediencia, usurpación de atribuciones y el uso indebido de fondos públicos, que serían competencia de la Audiencia Nacional como delitos conexos.

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