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La Audiencia Nacional investigará solo a Blesa y otros directivos por idear las preferentes

Silva dijo a Blesa antes de enviarle a prisión que para él no había diferencias entre un camello y un banquero

Pedro Águeda

La investigación que desarrollará la Audiencia Nacional en relación con la comercialización de preferentes se centrará en los directivos de Caja Madrid, Bankia y otras entidades que idearon el producto y no en los empleados, caso de los directores de sucursales, que las vendieron a los clientes. De la instrucción que se siga en la Audiencia Nacional también se caen las entidades bancarias como personas jurídicas, al no tener carácter retroactivo la norma que permite investigarlas y que entró en vigor en diciembre de 2010.

Estas son las principales consecuencias de dos autos dictados hoy por la Sección Tercera de la Sala de lo Penal respecto de seis querellantes. En ellos, la Sala acota a los directivos de todas las cajas que conformaban BFA y a los de Bankia su investigación sobre la venta de preferentes. Como ya adelantó en otra decisión de la semana pasada, la Sala dice que cabe investigar la planificación que desde los órganos directivos de las cajas se hizo de la venta de preferentes. En el auto sobre la querella presentada por UPyD, la Sala también adelanta que se investigará si Blesa y otros miembros de consejos de administración, en especial de Caja Madrid y Bancaja, decidieron sacar a la venta las preferentes o emisión de deuda subordinada para “paliar, retrasar u ocultar” el deterioro que vivían sus entidades.

En cuanto a los empleados, la Audiencia Nacional dice que “se limitaron a vender el producto financiero siguiendo las instrucciones de las direcciones de las cajas”. “Resulta descabellado sostener que existiera una planificación general y ajustada por todos los directores, comerciales o empleados de sucursales para colocar participaciones preferentes como forma de capitalizar la entidad bancaria entre sus clientes minoristas, pues también resulta impensable que todos los empleados de la entidad bancaria conocieran el verdadero estado financiero de las entidades que emitían estos productos”, dice uno de los autos.

Contra los empleados, en los juzgados provinciales

La Audiencia Nacional no detecta delito que le corresponda investigar en la comercialización de las preferentes. Ninguna referencia hay a que esos directores de sucursal u otros empleados conocieran las características del producto que vendían y aun así engañaran a los clientes. Tampoco hay referencias a que algunos de esos clientes fueran analfabetos, ciegos y hasta niños y que eso no frenara la intención de los empleados de recibir bonificaciones por la venta de preferentes. Si los clientes creen que los empleados se extralimitaron, la Audiencia les señala que deben acudir a los juzgados provinciales, por ser competentes en este tipo de casos.

La Sala también se pronuncia respecto al case de operaciones. La compra y venta de preferentes no se llevó a cabo en un mercado libre y abierto, donde los precios se ajustan mediante oferta y demanda, sino en otro alterado mediante un proceso de “case interno” que gestionaban de forma interna las propias entidades. De esta forma, las cajas hacían que las ventas y compras de las preferentes y subordinadas casaran siempre en precios alrededor del 100% del valor nominal, lo que provocó un perjuicio en los clientes que pagaron por encima del precio estimado.

La Audiencia Nacional, haciendo referencia a un informe de la CNMV y a las consideraciones de la Fiscalía, concluye que, aunque pudiera haberse dado una “mala práctica”, se da la “paradoja” de que los clientes podían salir perjudicados al vender dentro del citado mercado y beneficiados al comprar. “No consta que exista un plan preconcebido para beneficiar de forma individual a unos clientes en perjuicios de otros”, concluye. Por tanto, el cliente que crea que se le perjudicó debe acudir a la vía civil y demandar a la entidad emisora.

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