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La Audiencia Nacional investigará la muerte de 2 melillenses por disparos de patrullera marroquí

La Audiencia Nacional investigará la muerte de 2 melillenses por disparos de patrullera marroquí

EFE

Madrid —

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La Audiencia Nacional ha decido seguir investigando la muerte de dos jóvenes melillenses -Abdeselam Ahmed “Pisly” y Amin Mohamed “Emin”-, que fueron ametrallados por una patrullera de la Marina Real marroquí cuando pescaban en una Zodiac en aguas de Punta Negri (Marruecos), el 27 de octubre de 2013.

La sección tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional ha acordado que prosigan las investigaciones sobre este suceso tras rechazar la petición de archivo de la Fiscalía, según ha informado hoy en un comunicado Ilocad, el despacho de abogados que dirige el exjuez Baltasar Garzón.

En contra del criterio del fiscal, que consideraba incompetente a la Audiencia Nacional en estos hechos por haberse producido en territorio marroquí, el tribunal compuesto por Alfonso Guevara, Ana María Rubio Encinas y Fermín JEcharri ha establecido que corresponde “a la jurisdicción española el conocimiento de las causas por delitos y faltas cometidos en territorio español o cometidos a bordo de buques o aeronaves españoles, sin perjuicio de lo previsto en los tratados internacionales en los que España sea parte”.

“Por lo tanto -dice el auto-, habiendo ocurrido la muerte de dos nacionales españoles a bordo de una embarcación española, los tribunales españoles tienen jurisdicción para conocer de estos hechos con arreglo a lo establecido” en el artículo 23.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que regula la llamada justicia universal.

Ilocad, que en esta causa actúa pro bono (para el bien público), ha celebrado esta decisión por ser una “buena noticia para las familias de las víctimas”, ya que desde que sucedieron los hechos “ni el Gobierno español ni el marroquí han dado explicación alguna ni han impulsado la investigación de los asesinatos”.

Los hechos, señala el comunicado, se refieren a la investigación de la muerte de los dos ciudadanos españoles residentes en Melilla, Abdeslam Ahmed Ali y Mohamed Amin Mohamed Dris mientras navegaban en aguas jurisdiccionales marroquíes a bordo de una embarcación tipo Zodiac, con matrícula y bandera española y con autorización para navegar por aguas marroquíes.

Ambos jóvenes fallecieron al parecer como consecuencia de los disparos que recibieron desde la Patrullera de Costa nº 116 de la Base Naval nº 5 en Alcazarseguir perteneciente a la Marina Real del Reino de Marruecos.

Fueron los miembros de la patrullera que viajaban a bordo quienes habrían efectuado los disparos, en concreto el comandante Mounir Tisman y los sargentos Aziz El Mals y Mouhein Brioul, según sostiene la firma de abogados que dirige Garzón.

El pasado 12 de abril del 2016 Ilocad recurrió la petición de archivo de la Fiscalía, que alegaba la falta de jurisdicción de las autoridades judiciales españolas para investigar este suceso por haberse producido los hechos fuera del territorio español.

En su recurso, Ilocad invocó una interpretación restrictiva del principio de territorialidad por parte de la Fiscalía, que limitó la aplicación del artículo 23.1 LOPJ a buques de guerra o del Estado, y ahora la Sala de lo Penal le ha dado la razón al considerar que se refiere a delitos cometidos en cualquier tipo de “embarcación española”.

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