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El CGPJ cuestiona la inmunidad plena de exjefes de Estado y Gobierno en su cargo

El CGPJ cuestiona la inmunidad plena de exjefes de Estado y Gobierno en su cargo

EFE

Madrid —

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El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ ha aprobado hoy un informe en el que cuestiona la conveniencia de mantener la plena inmunidad de los exjefes de Estado o de Gobierno y de los antiguos ministros de Asuntos Exteriores por actos realizados durante el ejercicio de sus cargos.

El texto, aprobado por unanimidad, considera que la plena inmunidad “haría casi inaplicable el principio de justicia universal en caso de violación graves de normas internacionales imperativas”.

La vocal Nuria Díaz ha elaborado el informe al Anteproyecto de Ley Orgánica sobre inmunidades de los Estados extranjeros y organizaciones internacionales con sede u oficina en España y sobre régimen de privilegios e inmunidades aplicables a conferencias y reuniones internacionales celebradas España.

El informe aboga por limitar la eficacia de esa inmunidad “para permitir la plena efectividad del principio de justicia universal con relación a determinados delitos especialmente graves que de otro modo sería prácticamente inaplicable”.

Además, el CGPJ plantea sugerencias para tratar de garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva de quienes hayan visto lesionados derechos fundamentales por acciones u omisiones presuntamente imputables a un Estado extranjero, que constituyen violaciones de normas internacionales, de cuyo conocimiento resulten competentes los tribunales españoles.

Al respecto, propone articular una vía frente a la regla general de la inmunidad de jurisdicción de los Estados que ampare los casos en que se ejerciten en España acciones indemnizatorias por lesiones o daños causados por el Estado extranjero.

Por otra parte, señala que “no se justifican suficientemente” los trámites consistentes en la comunicación por el tribunal al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, así como al departamento ministerial cuya competencia se vea afectada, de los asuntos de que conozca en los que se planteen cuestiones de inmunidad.

Así, propone su supresión ya que “parece erigirse en un trámite preceptivo, por más que su resultado no sea vinculante”.

El régimen jurídico internacional sobre inmunidades se encuentra disperso en normas recogidas en Tratados Internacionales y Derecho consuetudinario, teniendo como base principal la Convención de Naciones Unidas de 2004, ratificada por España, y cuyo contenido quedaría incorporado en nuestro ordenamiento jurídico con la aprobación de esta norma.

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