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El Congreso anula la competencia de su vicepresidente de Ciudadanos para autorizar gastos de hasta 90.000 euros

EUROPA PRESS

MADRID —

El acuerdo de la Mesa, recogido por Europa Press, actualiza, “para facilitar la gestión”, las normas de contracción de obligaciones, ordenación y fiscalización de gasto y ordenación de pagos aprobadas en noviembre en 2008, bajo la Presidencia del socialista José Bono, y cuando la vicepresidencia primera del Congreso estaba en manos de su compañera de grupo parlamentario Teresa Cunillera.

Durante la X Legislatura (2011-2015) cuando el presidente, el 'popular' Jesús Posada, también era del mismo partido que la vicepresidenta primera, Celia Villalobos, se aplicó la norma aprobada en la legislatura anterior. Y la misma se mantuvo en la breve legislatura siguiente, pese a que ahí ya estos puestos los ocupaban diputados de distintos partidos: Patxi López (PSOE) y Celia Villalobos (PP).

Sin embargo, tras la llegada a la Presidencia del Congreso de la 'popular' Ana Pastor y la elección de Nacho Prendes, de Ciudadanos como vicepresidente primero, se ha acometido esta modificación que despoja al 'número dos' de la Mesa de la competencia de aprobar propuestas u ordenaciones de gastos de hasta 90.000 euros.

MÁS MARGEN PARA LOS FUNCIONARIOS

También tienen la facultad de ordenar pagos sin pasar por la Mesa del Congreso el director de Presupuestos y Contratación de la Cámara y el secretario general del Congreso, que, con las nuevas normas adquieren un mayor margen de maniobra.

Hasta ahora el director de Presupuestos podía hacerlo si se trataba de un importe inferior a los 6.000 euros, un tope que ahora se eleva hasta los 10.000. En el caso del secretario general, el límite sube de los 30.000 a los 40.000 euros.

Es decir, ahora cualquier propuesta u ordenación de gasto superior a los 40.000 euros deberá obligatoriamente ser aprobada por el órgano de gobierno del Congreso.

Si la ordenación del gasto implica la contratación de obras, servicios, adquisiciones o suministros habrá de iniciarse un expediente de contratación justificando la necesidad de la obra y el gasto estimado y se propondrá el procedimiento que se estime más adecuado de los previstos en la legislación. El expediente se elevará a la Mesa del Congreso, el director de Presupuestos o el secretario general en función de los importes antes citados.

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