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El Consejo de Ministros aprueba la firma del acuerdo de asociación entre la UE y Armenia

EUROPA PRESS

MADRID —

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Asimismo, ha dispuesto su remisión a las Cortes Generales para la autorización de la manifestación del consentimiento de España para obligarse por el mismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 94.1, apartados a) y e) de la Constitución Española.

Las relaciones entre la Unión Europea (UE) y Armenia se basan actualmente en el Acuerdo de Colaboración y Cooperación entre las Comunidades Europeas y sus Estados Miembros, por una parte, y la República de Armenia, por otra, firmado el 22 de abril de 1996, en vigor desde el 1 de julio de 1999 por un período inicial de diez años renovado automáticamente, todo ello en el marco de la Política Europea de Vecindad (PEV).

Los acuerdos legales vigentes entre la UE y sus vecinos sirven como base para desarrollar e impulsar las relaciones políticas y comerciales y fijar de manera mutua y bilateral objetivos que se plasman en las Agendas de Asociación y Prioridades de Asociación. De ahí la importancia de renovar el vigente Acuerdo de Colaboración y Cooperación firmado hace 22 años, para así dotar de una nueva base jurídica a la relación cada vez más estrecha entre la UE y Armenia.

El Acuerdo recoge las cláusulas políticas estándar de la UE en materia de derechos humanos, tribunales penales internacionales, armas de destrucción masiva, armas ligeras y armas de pequeño calibre y lucha contra el terrorismo. También contiene disposiciones sobre cooperación en sectores como el transporte, la energía, la salud, el medio ambiente, elcambio climático, la fiscalidad, la educación y la cultura, el empleo y los asuntos sociales, la banca y los seguros, la política industrial, la agricultura y el desarrollo rural, el turismo, la investigación y la innovación y la minería.

Además, abarca la cooperación jurídica, el Estado de Derecho y la lucha contra el blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo, la delincuencia organizada y la corrupción. El Acuerdo incluye una sección sustancial sobre comercio, con compromisos importantes en varios ámbitos de la política comercial.

Gracias a esos compromisos, mejorarán las condiciones del comercio bilateral entre la UE y Armenia, teniendo plenamente en cuenta las obligaciones de Armenia como miembro de la Unión Económica Euroasiática, y se logrará un mejor marco regulador para los agentes económicos en áreas como el comercio de bienes y servicios, la creación y el funcionamiento de las empresas, la circulación de capitales, la contratación pública y los derechos de propiedad intelectual, el desarrollo sostenible y la competencia.

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