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El Consell de Garanties estudia qué hacer con las peticiones de Cs y PSC sobre la ley del 1-O

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EUROPA PRESS

BARCELONA —

El Consell de Garanties Estatutàries (CGE) “estudia” qué hacer con las peticiones que le han hecho Cs y PSC para que analice la legalidad de la ley del referéndum que protagoniza el pleno de este miércoles en el Parlament, han explicado a Europa Press fuentes del órgano consultivo de la Generalitat.

El procedimiento que se está siguiendo con esta ley es inédito y supone un nuevo escenario para el CGE: normalmente, todos los grupos pueden pedir dictamen al órgano consultivo antes de que se vote definitivamente una iniciativa, pero el Parlament ha estipulado específicamente que no pueda hacerse con esta ley.

La votación en que se ha decidido impedir que los grupos puedan pedir dictamen al CGE se ha producido sobre las 13.30, pero tanto Cs como el PSC ya habían registrado a esa hora sus peticiones de dictamen al CGE.

La ley y el reglamento que regulan el funcionamiento del CGE detallan los pasos a seguir si un grupo pide un dictamen, han precisado las citadas fuentes.

NORMATIVA

Los artículos 24 y 25 de la ley del CGE, consultados por Europa Press, indican que los dictámenes deben solicitarse mediante un escrito argumentado dirigido al presidente del ente --es lo que han hecho Cs y el PSC-- y, una vez recibida la solicitud, el órgano consultivo tiene 'tres días' para decidir si lo admite a trámite.

'El CGE solo puede inadmitir una solicitud en caso de falta de legitimación o en caso de incumplimiento de los requisitos procedimentales', concreta el artículo 25 de la ley, mientras que el artículo 29 del reglamento detalla que la decisión se tomará por mayoría simple de los miembros del pleno del consejo.

El presidente del ente dispone de tres días más para comunicar a los solicitantes la decisión sobre la petición de dictamen --'en caso de inadmisión, la resolución debe estar motivada'--, y puede solicitar al Parlament, al Govern y a los entes públicos la información y documentación que necesite para tomar una determinación.

Todo este proceso habitual reglamentado se ha visto alterado de manera extraordinaria este miércoles teniendo en cuenta que el Parlament, a propuesta de JxSí y de la CUP, ha decidido vetar a los grupos de su posibilidad de solicitar un dictamen.

Los grupos han argumentado este veto invocando el artículo 81.3 del reglamento del Parlament, que permite introducir una votación de última hora en el pleno sin necesidad de que siga todos los trámites habituales si lo avala la mayoría --de la que disponen JxSí y la CUP--.

YA SE HABÍA PRONUNCIADO

El CGE se pronunció sobre el uso del artículo 81.3 en un dictamen reciente que solicitó el PSC sobre la reforma del reglamento del Parlament que impulsaron JxSí y la CUP para habilitar la lectura única --ya suspendida por el Tribunal Consitucional (TC)-- .

Entonces, el órgano consultivo ya avisó de que los grupos pueden usar el 81.3 si tienen el aval de la mayoría, pero que destacó que no se puede privar a los diputados de derechos parlamentarios básicos como pedir dictamen al CGE.

INFORMES NO VINCULANTES

En todo caso, los informes del CGE no son vinculantes, y ni el Parlament ni el Govern están obligados a cumplir sus indicaciones, si bien es habitual que lo hagan.

Si JxSí y la CUP hubieran aceptado que la oposición pudiera pedir un dictamen al Consell de Garanties, la aprobación de la ley del referéndum se hubiera demorado un mes y no se habría podido celebrar el referéndum en la fecha prevista: el 1 de octubre de 2017.

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