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Convergència apela a la doctrina del Tribunal Constitucional para defender su grupo ante la Mesa del Congreso

Convergència apela a la doctrina del Tribunal Constitucional para defender su grupo ante la Mesa del Congreso

EUROPA PRESS

MADRID —

El pasado miércoles, el mismo día que el Parlamento catalán optaba por desobedecer al TC profundizando en la ruptura con España, la Mesa del Congreso acordó dejar en el aire la autorización para el Grupo Catalán (Partit Demòcrata) presentada por los ocho diputados elegidos en las listas de Convergència.

Uno de los puntos por los que la Mesa pidió explicaciones a Convergència fue por el cumplimiento del porcentaje mínimo de voto que se exige a los grupos. En concreto, el Reglamento del Congreso permite formar grupo si, además de un mínimo de cinco diputados, se reúne un 15% en aquellas circunscripciones en las que se presentaron. Aunque logró ocho diputados en los comicios de junio, Convergència no alcanzó el 15% de los votos en las cuatro provincias catalanas (quedó por debajo en Barcelona y Tarragona), y ni siquiera logró ese porcentaje en el conjunto de Cataluña (se quedó en el 14%).

LA MEDIA ARITMÉTICA PARA COMPENSAR

En su escrito de alegaciones, recogido por Europa Press, la formación independentista explica que el Reglamento no precisa cómo debe calcularse ese respaldo mínimo del 15% y ellos apuestan por interpretarlo como una media aritmética de las cuatro provincias catalanas, lo que les da un 17,9% gracias a que el 23% logrado en Girona y el 22,6% de Lleida compensan el 13,7% de Tarragona y el 12,26% de Barcelona.

Recuerdan que la fórmula de la media aritmética ya se aplicó en 2004 cuando la Mesa que entonces presidía el PSOE dio vía libre al grupo de ERC pese a que sus resultados en la Comunidad Valenciana le destrozaban el porcentaje cosechado en Cataluña. Precisamente aquel grupo fue recurrido ante el Tribunal Constitucional por el PP, que entonces estaba en la oposición, pero la impugnación no fue admitida.

En ese contexto, CDC apelan a la doctrina del tribunal Constitucional, que reconoce “sostiene reiteradamente que la protección de los derechos fundamentales se debe interpretar de la manera más favorables al ejercicio de los referidos derechos fundamentales”.

Otro punto que motivó la petición de aclaraciones es que Convergència, aunque había concurrido a las elecciones con esa marca, registró su grupo con su nueva denominación, Partit Demòcrata Catalàn (PDC), que aún no está autorizada por el Ministerio del Interior porque ya la utilizó una escisión independentista de Unió (UDC).

CAMBIAR DE NOMBRE NO ES ILEGAL

En las alegaciones, Convergència admite que el proceso de registro del nuevo partido aún está en tramitación, pero entiende que usar una denominación para el grupo distinta de la de las elecciones “no contraviene ninguna previsión legal”.

La próxima semana, la Mesa del Congreso se volverá a reunir para examinar este escrito de alegaciones y tomar una decisión definitiva sobre el grupo de CDC-PDC. Hasta ahora, tanto el PP como el PSOE, que suman mayoría, se inclinaban a autorizar la creación del grupo de

la formación independentista, pero tras lo aprobado en el Parlament, Ciudadanos ha exigido rectificar y no “premiar” a los independentistas con un grupo parlamentario en el congreso que, a su juicio, no se han ganado en las urnas.

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