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La Fiscalía marca límites para acceder a información de sus investigaciones

La Fiscalía marca límites para acceder a información de sus investigaciones

EFE

Madrid —

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La Fiscalía General del Estado ha emitido una circular sobre pautas para el acceso al contenido de las diligencias de investigación practicadas por los fiscales en la que marca unos límites para que estos puedan dar información de las mismas.

Según informa la Fiscalía General, el interés de la circular viene determinado por el notable incremento de la actividad investigadora del Ministerio Fiscal en asuntos de trascendencia social y de mayor complejidad.

Explica que como norma general las diligencias de investigación practicadas por la Fiscalía son de carácter reservado y habrá que valorar su estado, en trámite o archivadas, para determinar si se facilita su contenido a quien lo solicite.

Recuerda que la actividad investigadora del fiscal está íntimamente vinculada al proceso penal por lo que el régimen jurídico aplicable será el mismo de las actuaciones judiciales.

Según la circular, firmada por la fiscal general, Consuelo Madrigal, los fiscales podrán informar a la opinión pública durante la tramitación de las diligencias de investigación en cumplimiento del artículo 4 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

No obstante aclara que “siempre respetando los deberes de reserva y velando por que tal información no perjudique los fines de la investigación, la intimidad, la seguridad de las personas o los derechos del investigado o de terceros.

Respecto a las diligencias de investigación archivadas que han dado lugar a una denuncia o querella señala que los fiscales remitirán las peticiones de información sobre las mismas al Juzgado que esté tramitando el asunto para que decida.

En lo referido a las diligencias de investigación archivadas y no judicializadas los fiscales deberán valorar el interés legítimo expuesto por el solicitante, el tipo de documentación recabada por la Fiscalía y los derechos fundamentales en juego, entre ellos el de tutela judicial efectiva del interesado.

La concesión o denegación de acceso a las diligencias de investigación tendrá forma de decreto motivado.

El decreto del fiscal sobre el acceso a unas diligencias en trámite no se podrá recurrir pero sí el de unas archivadas, ante el superior jerárquico, y admite un posterior control jurisdiccional.

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