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G.Vasco argumenta ante TC que la ley de víctimas busca reparar y no sancionar

Gobierno Vasco: No sería lógico romper la colaboración con el Estado

EFE

Vitoria —

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El Gobierno Vasco ha presentado ante el Tribunal Constitucional el documento de alegaciones contra el recurso del Ejecutivo central a la conocida como ley vasca de víctimas policiales, en las que defiende que la norma no invade competencias porque busca la “reparación y no la sanción”.

El portavoz del Ejecutivo de Vitoria, Josu Erkoreka, ha dado hoy a conocer los contenidos de este documento que responde al recurso interpuesto contra la ley de Reconocimiento y Reparación de Víctimas de Vulneraciones de Derechos Humanos en el contexto de la violencia política en la Comunidad Autónoma Vasca entre 1978 y 1999, que ha supuesto la suspensión temporal de varios de sus artículos.

El Gobierno español argumenta, entre otras cuestiones, que la comisión de valoración que crea la ley, encargada de definir qué personas pueden considerarse víctimas, no puede opinar sobre casos de violencia policial, porque ésta es una labor que corresponde a los jueces.

Ante estos argumentos, el Ejecutivo autonómico solicita anular la suspensión cautelar de los artículos impugnados y defiende el encaje de la ley en los requerimientos del derecho internacional, su constitucionalidad y su “plena seguridad jurídica”, así como la competencia de Euskadi para promoverla.

Así, sostiene su encaje legal porque defiende que el reconocimiento y reparación de víctimas se plasma en el ámbito administrativo y no en el penal.

Asegura que la invasión de competencias jurisdiccionales es “inexistente” y argumenta que el objetivo de la norma “es el reconocimiento y la reparación, no la sanción”, ya que el texto “respeta la prevalencia de la jurisdicción penal”.

En este sentido, insiste en que la ley no interfiere en el proceso penal porque “no despliega potestad sancionadora alguna” sobre las vulneraciones de derechos humanos, al tiempo que aclara que tampoco su objetivo pasa por calificar hechos como delictivos ni por determinar la autoría de los mismos.

En relación con la Comisión de Valoración, el Gobierno de Iñigo Urkullu señala que la norma adopta “cautelas”, entre las que cita las dirigidas a garantizar los derechos de terceras personas que puedan aparecer reflejadas en los expedientes y a comunicar a la vía judicial los expedientes no prescritos.

Además, recoge el compromiso de suspender toda actuación si se conoce que hay causas judiciales o administrativas abiertas sobre los hechos y salvaguarda el derecho a la protección de datos cuando haya colaboración entre administraciones públicas.

El Gobierno Vasco defiende las competencias autonómicas para legislar sobre esta materia porque las previsiones de la ley se insertan en el ámbito de los servicios sociales y asegura que es “obligación” de las instituciones de Euskadi “velar y garantizar el adecuado ejercicio de los derechos y deberes fundamentales de los ciudadanos”.

Asimismo, subraya que la existencia de estas víctimas y las “graves violaciones de derechos humanos” no reconocidas ni reparadas está “objetivamente acreditada” en informes.

Mientras que el recurso del Gobierno central sostiene que para obtener la condición de víctima ha de existir una actuación judicial o un informe de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en las alegaciones se precisa que la aportación de resolución judicial firme no constituye la única manera de acreditar la vulneración de un derecho.

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