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Gibraltar dice que no puede acceder petición EEUU de detener petrolero iraní

Vista desde Algeciras del petrolero iraní Grace 1.

EFE

Madrid —

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El Gobierno de Gibraltar ha informado este domingo que no puede acceder a la petición de los Estados Unidos de detener al petrolero iraní “Grace 1” y su cargamento de hidrocarburos en el Peñón.

El pasado 15 de agosto, la Corte Suprema de Gibraltar decidió liberar al petrolero, que estaba retenido en el Peñón desde el pasado 4 de julio, tras recibir las autoridades gibraltareñas por parte de Irán la garantía de que el crudo que transporta no será desembarcado en Siria.

Un día después, la justicia de EEUU ordenó su captura e incautación, por violar las sanciones contra Teherán.

A través de un comunicado, el Gobierno de Gibraltar ha informado este domingo que “la Autoridad Central de Gibraltar no puede pedir una orden a la Corte Suprema de Gibraltar para prestar la asistencia en materia de medidas coercitivas que necesitan los Estados Unidos de América”.

“La incapacidad de la Autoridad Central para solicitar las órdenes requeridas es el resultado del funcionamiento de la legislación de la Unión Europea y de las diferencias en los regímenes de sanciones aplicables a Irán en la UE y en los Estados Unidos”, agrega la nota de prensa de Gibraltar.

Asimismo, las autoridades gibraltareñas argumentan que “el régimen de sanciones de la UE contra Irán -que es aplicable en Gibraltar- es mucho más estrecho que el aplicable en los Estados Unidos”.

Recuerda el comunicado que “el 16 de agosto de 2019, Estados Unidos envió información adicional en relación con la solicitud de restricción. En particular, EE.UU. reveló a la Autoridad Central de Gibraltar varios elementos que indicaban que los IRGC (Cuerpos de la Guardia Revolucionaria Islámica) controlaban el Grace 1 y su carga”.

“En estas circunstancias, aunque la información adicional proporcionada el 16 de agosto de 2019 crea un nexo más estrecho con los elementos del régimen de sanciones de la Unión Europea contra Irán que siguen activos, nosotros, la Autoridad Central, no consideramos que dicho nexo sea suficiente para establecer que los delitos establecidos en la solicitud de los Estados Unidos se ajustan a la definición de conducta delictiva a los efectos de la legislación de Gibraltar”, informa.

Recuerda que “cabe señalar que los IRGC no son una organización terrorista extranjera designada en Gibraltar, el Reino Unido o en la UE en general, a diferencia de los Estados Unido.

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