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El Gobierno denuncia que la ley de transitoriedad vulnera los artículos 1 y 2 de la Constitución

El Gobierno denuncia que la ley de transitoriedad vulnera los artículos 1 y 2 de la Constitución

EUROPA PRESS

MADRID —

El Gobierno apoya su recurso contra la ley de transitoriedad aprobada por el Parlamento de Cataluña en que vulnera los artículos 1 y 2 de la Constitución, que sientan que la soberanía nacional reside en el conjunto del pueblo español, que España es una monarquía parlamentaria, patria común e indivisible de todos los españoles sobre la que se fundamenta la propia Constitución.

Además, entiende que también vulnera el artículo 9.1 que establece que los poderes públicos y los ciudadanos “están sujetos” a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

El Gobierno explica que la declaración de una república catalana, el establecimiento de un régimen jurídico transitorio que prescinde de la regulación constitucional, con sus propias instituciones, y la regulación del proceso propiamente constituyente son claramente lesivas de los citados artículos.

Se añade en la argumentación del Gobierno que está obligado a presentar esta impugnación también para defender al Parlamento de Cataluña como institución democrática autonómica, reivindicando su papel central en el marco de la Constitución Española y de su Estatuto de Autonomía “frente a la apropiación que del mismo pretende un conjunto de diputados”.

“EXPULSAR” LA LEY PARA PRESERVAR EL ORDENAMIENTO

El recurso del Gobierno se apoya en el dictamen favorable al recurso que esta misma mañana ha aprobado por unanimidad la Comisión Permanente del Consejo de Estado.

El órgano consultivo explica que la ley de transitoriedad es la negación “absoluta y exhaustiva” de la vigencia de la Constitución en Cataluña y sirve a una “operación de destrucción y suplantación” del orden constitucional y estatutario.

El Consejo de Estado añade que la norma es en sí misma “inasimilable por el ordenamiento jurídico” y respalda “su expulsión” del sistema para defender la “misma existencia” de ese ordenamiento.

La inconstitucionalidad “integral y evidente” de la ley, dice también el Consejo de Estado, se aprecia en el contenido y la función que está llamada a desempeñar la norma, pero también en que entrará en vigor cuando se celebre otro acto ilegal, el referéndum, y en que producirá leyes “cuya hipotética aplicación no es compatible con la Constitución”.

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