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Inadmiten la denuncia contra Cañizares por palabras sobre refugiados y gais

Inadmiten la denuncia contra Cañizares por palabras sobre refugiados y gais

EFE

Valencia —

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El Juzgado ha inadmitido la denuncia contra el cardenal arzobispo de Valencia, Antonio Cañizares, por sus declaraciones sobre refugiados, homosexuales y feministas interpuesta por la Red Española de Inmigración y Ayuda al Inmigrante, por considerar que no incitan al odio o la violencia.

Esta entidad, en un comunicado, ha hecho hincapié en que su denuncia no ha sido archivada sino que se encuentra pendiente del recurso de apelación que interpusieron contra la no admisión a trámite comunicada hace unos días por el juzgado a sus servicios jurídicos.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha informado de que el instructor considera que las palabras de Cañizares por las que la interpuso esta denuncia están amparadas por la libertad ideológica y de expresión y no incitan al odio ni a la discriminación de esos colectivos.

El magistrado, basándose en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, del Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, entiende que las declaraciones de Cañizares están amparadas por la libertad de expresión.

A este respecto apunta que “la tolerancia con todo tipo de ideas, que viene impuesta por la libertad ideológica y de expresión, no significa condescendencia, aceptación o comprensión, sino solamente que las ideas, como tales, no deben ser perseguidas penalmente”.

En la resolución se explica que cuando los hechos no revisten apariencia delictiva “debe procederse al archivo sin más que, en consecuencia, se haya iniciado ningún tipo de investigación” con la finalidad de “evitar someter a una persona a un procedimiento penal sobre la base de denuncias o querellas temerarias y/o en base a hechos que manifiestamente no sean constitutivos de infracción penal”.

El auto de archivo, dictado el pasado día 9, ya ha sido recurrido por el colectivo denunciante y según el TSJCV el juzgado le dará trámite y lo elevará a la Audiencia Provincial cuando la Fiscalía, donde se remitieron las diligencias tras acordar la inadmisión, devuelva la causa al instructor.

El magistrado recuerda que el denunciante “se limita a aludir a ciertas noticias periodísticas” y explica que una denuncia “requiere un mínimo compromiso de concreción acerca del hecho que puede constituir delito, no pudiéndose esperar que de la mera imputación genérica aderezada con hechos ambiguos se desencadene el mecanismo inquisitivo de la investigación penal”.

El Juzgado también ha inadmitido y archivado la denuncia que la asociación Lamba presentó ante la Fiscalía por los mismos hechos ya que el Ministerio Público acordó remitirlas al Juzgado el día 16 de junio, una semana después de que éste ya hubiera sobreseído las diligencias.

Por ello, el instructor, en un segundo auto dictado ayer, acuerda incorporar las diligencias del fiscal a la causa sobreseída provisionalmente por inadmisión de la denuncia y notificar la resolución a Lambda para que tenga la oportunidad de personarse y recurrir el archivo, como ya ha hecho Red Española de Inmigración.

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