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El Parlamento Vasco aprueba una nueva Ley de Policía que permite la contratación de policías locales interinos

EUROPA PRESS

VITORIA —

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El PNV, el PSE-EE y el PP han aprobado este jueves en el Parlamento Vasco la nueva ley de Policía de Euskadi, que ha salido adelante con el rechazo de EH Bildu y Elkarrekin Podemos, formaciones que han alertado de que el texto, que permite contratar policías locales interinos en determinadas circunstancias, puede contravenir la sentencia del Tribunal Supremo que considera que esta práctica “no se ajusta a derecho”.

La ley ha sido aprobada por el pleno del Parlamento autonómico apenas un día después de se diera a conocer la sentencia del Tribunal Supremo, que establece que las policías locales han de estar integradas “exclusivamente por personal funcionarial”, y que la contratación de agentes en régimen de interinidad “no se ajusta a derecho”.

Tras la aprobación del texto, la consejera de Seguridad, Estefanía Beltrán de Heredia, ha destacado que la sentencia del Supremo “en ningún caso condiciona las decisiones” del Parlamento Vasco, y ha recordado que en el caso de que se aprecie alguna “tacha” en esta norma, al tratarse de una ley autonómica solo podría ser recurrida ante el Tribunal Constitucional.

Además, ha recordado que la sentencia del Alto Tribunal “parte” del hecho de la inexistencia de una ley autonómica que permita la contratación de policías locales en régimen de interinidad, por lo que esta reforma legal “refuerza las posibilidades y herramientas para que los ayuntamientos solvente sus necesidades”.

“VOCACIÓN” DE CONSOLIDAR PLAZAS

En todo caso, ha asegurado que la ley tiene una “clara vocación” de combatir la interinidad. En ese sentido, ha anunciado que en las próximas semanas, la Academia de Policía de Arkaute acreditará a más de 250 policías locales, que -en su caso- podrían concurrir a oposiciones extraordinarias de los ayuntamientos a partir de otoño.

El artículo de esta reforma que abre la puerta a la contratación de policías locales interinos es el 120. Este apartado del texto establece que “cuando un ayuntamiento tenga necesidad de cubrir puestos de trabajo de forma urgente y temporal en las diferentes categorías de los cuerpos de Policía Local podrá actuar según los mecanismos de cooperación intermunicipal previstos legalmente a nombrar interinos conforme a lo establecido en la legislación de función pública general”.

A continuación, se añade que esto será posible “siempre que se garantice una formación básica del interino para el desempeño de su labor”. Además, este artículo indica que en el caso de vacantes de plantilla “solo procederá el nombramiento si previamente se hubieran incluido estas vacantes en la oferta pública de empleo y se hubiera iniciado el proceso para su cobertura en propiedad, o se hubiera solicitado a la Academia Vasca de Policía y Emergencias la encomienda de gestión de su selección”.

“CHAPUZA LEGISLATIVA”

En el transcurso del debate de la ley, el parlamentario de EH Bildu Julen Arzuaga ha recordado que el Tribunal Supremo ya ha sentenciado que “no se puede” contrar a policías locales en régimen de interinidad, y ha vaticinado que esta “chapuza legislativa” tendrá “efectos perniciosos”, por lo que ha pedido el aplazamiento de su aprobación.

Además, ha denunciado que los únicos cambios “reales” que incluye el texto son “prebendas” y una “subida de sueldo” para los ertzainas, con las que se pretende “tapar” los problemas del modelo policial y con las que, según ha destacado, ya se ha logrado acabar con las movilizaciones y “polémicas artificiales” de los sindicatos de la Policía autonómica.

Por su parte, el portavoz de Elkarrekin Podemos, Lander Martínez, ha denunciado que, tras la sentencia del Tribunal Supremo que considera “no ajustado a derecho” que los policías locales trabajen en régimen de interinidad, “lo más responsable” habría sido suspender la tramitación de una que “consolida” la posibilidad de contratar a agentes interinos, con el fin analizar jurídicamente si el texto se ajusta a lo establecido por el Alto Tribunal.

“SIMULACRO DE CONTROL”

Martínez, además, ha cuestionado que la comisión que prevé la ley vaya a actuar de forma independiente respecto a la dirección de la Ertzaintza, de forma que ha asegurado que este órgano no realizará más que un “simulacro” de control.

En respuesta a las advertencias de EH Bildu y Elkarrekin Podemos sobre la falta de “seguridad jurídica” del texto, el parlamentario del PNV Joseba Zorrilla les ha reprochado que recurran a esta “cortina de humo”.

Además, ha subrayado que la ley aporta mecanismos para que los ayuntamientos dispongan de alternativas a la contratación de policías interinos. Como ejemplo, ha citado la disposición transitoria décima de la ley, que permite a los municipios convocar procesos selectivos “con carácter excepcional” para la consolidación de empleo temporal en las policías locales.

Por su parte, Txarli Prieto (PSE) ha destacado que a Elkarrekin Podemos “le ha venido muy bien” la resolución del Tribunal Supremo para “ocultarse” detrás de ella y así evitar un posicionamiento político en torno a la ley. Asimismo, ha reprochado Al parlamentario de EH Bildu, Julen Arzuaga, su “animadversión” hacia la Policía y el hecho de que no haya “condenado” el terrorismo.

En una línea similar, la parlamentaria del PP Nerea Llanos ha afirmado que sin la sentencia sobre los interinos, Elkarrekin Podemos “se habría quedado sin discurso” en este debate. Asimismo, ha criticado el “silencio cómplice” de EH Bildu respecto al terrorismo.

Al margen de los contenidos relativos a la contratación de interinos, esta reforma de la Ley de Policía de 1992 contempla la creación de una comisión externa de control que estudiará posibles actuaciones policiales indebidas.

La Comisión de Control y Transparencia prevista en el proyecto sería un organismo de carácter permanente, con autonomía funcional respecto de la institución policial, y estaría compuesta por personas especializadas, incluyendo a expertos policiales.

La misión de esta comisión es estudiar, a solicitud de los órganos competentes, cualquier conducta o práctica en el seno de la Ertzaintza o policía local sobre la que existan quejas e incidencia en la confianza ciudadana.

El segundo eje de mejoras se centra, fundamentalmente, en la puesta en práctica de medidas de discriminación o acción positiva en favor de las mujeres para el ingreso y promoción en la Ertzaintza, “siempre dentro de los parámetros y requisitos de la legislación y jurisprudencia europeas, para incrementar la presencia actual”. Otra de las novedades de esta reforma legislativa es que la edad máxima para aspirar a entrar a formar parte de la Ertzaintza se eleva desde los 35 años actuales, a 38 años.

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