Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
El ataque limitado de Israel a Irán rebaja el temor a una guerra total en Oriente Medio
El voto en Euskadi, municipio a municipio, desde 1980
Opinión - Vivir sobre un polvorín. Por Rosa María Artal
Noticia de agencia

Noticia servida automáticamente por la Agencia EFE

Esta información es un teletipo de la Agencia EFE y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.

El Supremo le recuerda a Gobierno Vasco que el sistema sanitario es de España

El Supremo le recuerda a Gobierno Vasco que el sistema sanitario es de España

EFE

Madrid —

0

Una sentencia del Tribunal Supremo le ha recordado hoy al Gobierno Vasco, en respuesta a un recurso basado en que la tarjeta sanitaria individual se remite al Sistema Nacional de Salud “de España”, que esa “expresa alusión” hace visible que el sistema concernido es el de España como “unidad nacional”.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo ha rechazado un recurso del ejecutivo vasco contra el decreto que regula la tarjeta sanitaria individual.

En su recurso, el Gobierno Vasco impugnaba que en el anverso de la tarjeta se incluya el rótulo “Sistema Nacional de Salud de España”, porque entendía que no procedía esa mención.

El Supremo responde que “la expresa alusión a España no hace más que ilustrar y visibilizar que el Sistema concernido es precisamente el de España como unidad nacional y como Estado miembro de la Unión Europea”.

Además, la sentencia rechaza otros argumentos del recurrente y dictamina que el decreto impugnado “no cercena las posibilidades de incluir datos complementarios en el reverso” y que es “un instrumento formal pero al mismo tiempo dotado de una meridiana funcionalidad de trascendencia constitucional”.

La tarjeta, una vez garantiza el derecho al acceso del usuario a la prestación sanitaria, “ni se inmiscuye, ni altera las condiciones en que la misma es servida”, añade el tribunal.

Etiquetas
stats