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El Supremo reduce la condena a Tomás Miguel Madina por considerarle colaborador de ETA

El Supremo reduce la condena a Tomás Miguel Madina por considerarle colaborador de ETA

EFE

Madrid —

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El Tribunal Supremo (TS) ha reducido de 7 años de cárcel a 2 años y 6 meses la condena a Tomás Miguel Madina Echevarría, al estimar que no hay prueba suficiente para considerarle integrante de ETA, como hizo la Audiencia Nacional, sino que debe ser condenado como colaborador.

El delito que contempla el Supremo es, concretamente, el de recepción de adoctrinamiento terrorista.

De este modo el alto tribunal estima parcialmente el recurso de Madina Echevarría contra la sentencia de la Audiencia Nacional que le condenó, el 27 de abril de 2016, a 7 años de prisión por delito de pertenencia a organización terrorista.

Aquella sentencia le absolvió de dos delitos de asesinato en grado de conspiración (preparación en 2009 de un atentado contra el entonces lehendakari Patxi López y su consejero de Interior Rodolfo Ares).

El Supremo, en sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Pablo Llarena, señala que no hay prueba suficiente para considerar a Tomás Miguel Madina, como hace la Audiencia, “miembro legal” de ETA, es decir, uno de aquellos que realizan labores para la banda y están a su disposición pero lo encubren llevando una vida laboral y personal aparentemente legales u ordinarias.

Entre los indicios tenidos en cuenta por la Audiencia estaba la aparición de un alias atribuido a Madina -Basurde- en varias agendas de etarras, como la del entonces jefe del aparato militar de ETA Mikel Garikoitz Aspiazu, alias Txeroki.

La Sala concluye que “no existe prueba que preste soporte a que el acusado estuviera integrado en la organización terrorista”.

Sin embargo, sí está acreditada su participación en un curso de adiestramiento de ETA en los días 1 y 2 de agosto de 2010 en la localidad francesa de Castres.

Esa conducta estaba contemplada en el artículo 576 del Código Penal, “que indicaba como actos de colaboración con organización terrorista la asistencia a prácticas de entrenamiento”.

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