Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
La ONU advierte de que “las represalias son ilegales” a Israel e Irán
El Ayuntamiento de Marbella recalifica los terrenos de la mansión de la alcaldesa
Opinión - Cómplices de la impunidad de Israel. Por Rosa María Artal
Noticia de agencia

Noticia servida automáticamente por la Agencia EFE

Esta información es un teletipo de la Agencia EFE y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.

El Supremo archiva un caso de violación porque la víctima no quiso declarar por vídeo

El Supremo archiva un caso de violación porque la víctima no quiso declarar por vídeo

EFE

Madrid —

0

El Tribunal Supremo ha archivado un caso de violación porque la supuesta víctima, una mujer estadounidense, no quiso prestar declaración por videoconferencia durante el juicio y consideró suficiente el testimonio que prestó en la fase previa del proceso.

“La testigo, una mujer adulta, tuvo a su alcance la posibilidad de prestar declaración por videoconferencia, es decir, sin necesidad de moverse de su lugar de residencia ni de compartir espacio físico y confrontarse directamente con el acusado, esto es, con una molestia mínima”, pero no quiso hacerlo, señala el Supremo.

La mujer había acusado al empleado de un local público de Barcelona haberla atacado en junio de 2013, cuando la acompañó al cuarto de baño y trató de besarla y abrazarla. Incluso llegó a introducir su mano por debajo de la falda y tocar sus genitales.

Así lo declaró ante el juez de instrucción y por esa prueba la Audiencia de Barcelona condenó al reo a seis años de cárcel, pena que ha anulado ahora el Supremo porque aquella declaración, dice el alto tribunal, no basta.

De hecho, “fue indebidamente llevada a juicio” y aceptada como prueba de cargo sin tener en cuenta que era necesario que la víctima la ratificara.

“El derecho del imputado al examen del testigo de cargo en el enjuiciamiento”, dice el Supremo, “constituye un elemento estructural del proceso y un factor esencial del derecho a la defensa” que no puede hacerse depender de la voluntad de la acusación.

En este caso, el motivo de que no declarara en el juicio (por videoconferencia) fue únicamente “la exclusiva voluntad” de la mujer, concluye el Tribunal.

Y después recuerda que la Ley de Enjuiciamiento Criminal señala que “podrán también leerse o reproducirse a instancia de cualquiera de las partes las diligencias practicadas en el sumario que, por causas independientes de la voluntad de aquéllas, no puedan ser reproducidas en el juicio oral”.

“Cabe que la interesada, de nacionalidad estadounidense, desconociera el deber de hacerlo que impone nuestro derecho, pero esto no cambia en nada lo que impone nuestro derecho”, concluye el Supremo.

El fallo cuenta con el voto particular contrario de dos magistrados, que se oponen al de la mayoría (tres jueces) señalando que la declaración sumarial de la joven estuvo rodeada de todas las garantías y estaba desde un principio destinada a constituir material probatorio, por lo que no cabe desecharla a posteriori.

Los magistrados discrepantes argumentaron además que el tribunal contó con elementos complementarios que apoyaban el relato de la víctima, elementos que la mayoría consideró insuficientes.

En la grabación del local se aprecia, dicen los votos particulares, “una escena previa” a la agresión sexual “ajustada íntegramente con el relato de la víctima”, la cual sale “visiblemente agitada de los aseos y abandona el local apresuradamente”, lo que no encaja con la versión del acusado de que el encuentro fue consentido.

Etiquetas
stats