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El Supremo condena a militar por acoso sexual a subordinado durante 7 años

El Supremo condena a militar por acoso sexual a subordinado durante 7 años

EFE

Madrid —

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El Tribunal Supremo ha impuesto una condena de dos años y 10 meses de cárcel a un cabo primero del Ejército que acosó sexualmente durante 7 años a un subordinado suyo en el cuartel de “El Vacar”, de Córdoba.

Según los hechos probados de la sentencia entre septiembre de 2007 y enero de 2014 la víctima “soportó y no consintió” una serie de conductas por parte del cabo primero “consistentes en proposiciones, expresiones, tocamientos e insinuaciones de índole sexual”.

La condena es por el Código Penal Militar, de modo que se produce por el tipo concreto de “Trato degradante a un subordinado”, con una pena de dos años y diez meses y la obligación de indemnizar a la víctima con 3.000 euros y el pago del 50 % de sus costes procesales.

El relato de hechos señala que el cabo primero tocó el culo en varias ocasiones a la víctima, le preguntaba sobre cuándo iba a salir del armario y le pidió repetidas veces, de manera “machacona” y “humillante”, según explicita el tribunal, que tuvieran relaciones sexuales.

Tras denunciar la situación que estaba viviendo a un suboficial, el cabo estuvo dos meses y medio de baja por una crisis de ansiedad.

El Supremo, en sentencia de la que ha sido ponente la magistrada Clara Martínez de Careaga, desestima el recurso del cabo primero, que alegaba vulneración de su presunción de inocencia por falta de pruebas directas.

El alto tribunal destaca que la condena se apoya en el testimonio de la víctima, la declaración del propio acusado, y las declaraciones de “nada menos” que 17 testigos, junto a la pericial de dos expertos.

Además, entre los testigos no sólo hay quienes tuvieron conocimiento de los hechos a través del denunciante, sino testigos directos de las provocaciones e insinuaciones del acusado e incluso quienes soportaron también el insistente acoso sexual del recurrente.

En cuanto a la alegación de que su conducta no había sido dolosa, el Supremo contesta que los hechos probados “describen de modo inequívoco un acoso sexual prolongado durante aproximadamente siete años en los que el recurrente, unas veces de manera explícita y otras de modo más velado, estuvo solicitando los favores sexuales del cabo”.

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