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El Supremo anula cinco condenas a miembros de Segi y rebaja otras dos

El Supremo anula cinco condenas a miembros de Segi y rebaja otras dos

EFE

El Tribunal Supremo ha modificado las siete condenas a miembros de Segi acordadas por la Audiencia Nacional el pasado mes de mayo y, así, ha anulado cinco de las penas y ha rebajado las restantes de seis a dos años de cárcel.

En su sentencia, el alto tribunal recuerda que para apreciar delito de pertenencia a banda armada, por el que habían sido castigados los reos, su jurisprudencia exige una militancia activa y no solamente la mera adscripción a una organización.

Examinando cada uno de los siete casos de los condenados, el Supremo considera que en cinco de ellos “no se ha demostrado una militancia activa en la organización, ni participación en actos de violencia callejera, por lo que deben ser absueltos”.

Con respecto a los otros dos, Ainhoa Villaverde Barrutiabengoa e Ibon Esteban Escaloni, entiende que “sí quedó probado la militancia activa, la primera como coordinadora de Segi en Vitoria, y el segundo como dirigente del 'talde' del barrio pamplonés de Rotxapea”. El alto tribunal considera probada la condición de miembro activo de Villaverde ya que se vio “tenía en su poder la anotación de matrículas de coches de la Policía”, y en el caso de Esteabn, “un manual para confeccionar cócteles molotov”. Por lo que rechaza que en su caso se haya vulnerado la presunción de inocencia.

Sin embargo, sí atiende la petición de las defensas de ambos acusados, a la que no se opuso la Fiscalía, de que se les aplique el artículo 579 bis-4 del Código Penal, que entró en vigor el pasado 1 de julio, que permite rebajar las penas por delitos de terrorismo cuando el hecho sea objetivamente de menor gravedad por los medios empleados o los resultados producidos. En los casos de Villaverde y Esteban, la Sala indica que “no se ha demostrado su intervención en actos de ‘kale borroka’ ni que hayan impartido directrices para acciones violentas”, por lo que le rebaja la pena en dos grados, pasando la condena de seis a dos años de prisión.

De los 28 acusados en este caso, la Audiencia Nacional ya absolvió en su sentencia a otros 21, contra 12 de los cuales la Fiscalía retiró su acusación.

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