Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
La confesión de la pareja de Ayuso desmonta las mentiras de la Comunidad de Madrid
El plan del Gobierno para indemnizar a las víctimas de abusos agita la Iglesia
Opinión - El pueblo es quien más ordena todavía. Por Rosa María Artal
Noticia de agencia

Noticia servida automáticamente por la Agencia Europa Press

Esta información es un teletipo de la Agencia Europa Press y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.

El Supremo deliberará por primera vez sobre participaciones preferentes el próximo 9 de mayo

EUROPA PRESS

MADRID —

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo se reunirá en Pleno el próximo 9 de mayo para tratar por primera vez sobre el tema de las participaciones preferentes. Estudiará un recurso extraordinario por infracción procesal y un recurso de casación presentados por el Banco de Santander contra la decisión de La Audiencia Provincial de Mallorca de resolver a favor de un matrimonio que adquirió este producto financiero.

La Sala presidida por Juan Antonio Xiol califica la reunión del Pleno de “trascendente” y ha anunciado que la doctrina que siente el tribunal para resolver este pleito se considerará que crea jurisprudencia “sin tener que esperar a que recaiga otra sobre el mismo tema”.

En una nota de prensa emitida ese lunes por el alto tribunal se explica que el asunto se ha llevado al Pleno de la Sala Primera “porque se refiere a un tema de especial sensibilidad en los momentos actuales, que necesita una respuesta judicial que unifique la interpretación jurídica que sobre esta cuestión efectúan los juzgados de primera instancia y las audiencias provinciales”.

El pleito que ha llegado a la Sala se inició mediante la demanda de un matrimonio contra el Santander en la que se pedía al juez que declarase que la venta de varios títulos del banco (participaciones preferentes) se hizo ocultando a los compradores el riesgo financiero que comportaba la operación o sin informarles del riesgo.

Igualmente, los demandantes alegaron la existencia de un vicio del consentimiento porque el banco les manifestó que las participaciones serían reembolsables en cualquier momento y vencerían en septiembre de 2009, con el correspondiente abono, cuando, en realidad, la duración del contrato era perpetua o a voluntad de la entidad emisora.

El juzgado de Primera Instancia de Mahón (Menorca) estimó la demanda y contra esta sentencia el Santander interpuso recurso de apelación que fue desestimado por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca.

Etiquetas
stats