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El Supremo revisará la absolución en un caso de abusos basado en un vídeo robado

El Supremo considera la crisis económica un hecho clave en un procedimiento

EFE

Barcelona —

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El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de una víctima de abusos sexuales por parte de su cuñado y revisará la sentencia absolutoria de la Audiencia de Barcelona, que entendió que los DVD en los que el hombre grabó sus actos no eran prueba válida porque fueron obtenidos sin su permiso.

En una providencia a la que ha tenido acceso Efe, la sala segunda del Supremo admite a trámite el recurso presentado por la víctima y acuerda convocar para mediados de junio una sesión para deliberar y decidir sobre el caso, especialmente si se acepta o no como prueba de cargo los DVD, que fueron rechazados por la Audiencia de Barcelona.

La sección segunda de la Audiencia de Barcelona absolvió en octubre del pasado año al acusado, Salvador B.B., de 40 años, al no dar validez a los DVD, ya que consideró que no se respetó su intimidad porque le fueron sustraídos furtivamente del coche, con lo que se contaminaron todas las diligencias posteriores.

Fue la hermana de la víctima y esposa del acusado la que encontró los DVD en el vehículo del matrimonio, cuando la pareja estaba en trámites de divorcio.

La mujer empezó a visionar los DVD junto con su hermana, quien se percató entonces por las grabaciones que su cuñado había abusado sexualmente de ella mientras dormía profundamente, aprovechando los días de vacaciones que toda la familia pasaba conjuntamente en Castelldefels (Barcelona) y un pueblo de Albacete.

Tras comprobar los hechos, la mujer puso el caso en conocimiento de los Mossos d'Esquadra, que rápidamente ordenaron la detención del acusado, al entender que era responsable de un delito continuado de abusos sexuales y contra la intimidad, por los que el fiscal pidió en el juicio una condena de 12 años de cárcel y la acusación particular 18 años y medio de prisión.

Sin embargo, la Audiencia acabó absolviendo al acusado, que llegó a estar más de un año y medio en prisión preventiva, con el argumento de que si la mujer y su hermana no hubieran visionado los DVD obtenidos de forma ilícita, o incluso si los hubieran visto pero no los hubieran convertido en “prueba de cargo esencial” para sustentar su denuncia, no se habría contaminado todo el proceso.

Según la sentencia recurrida, por encima del interés del Estado en la persecución del delito y el castigo al delincuente “surge y prima” la prohibición de sustentar una condena en una prueba “obtenida mediante la comisión de un delito y, en consecuencia, de manera absolutamente ilícita”.

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