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El TSJ vasco archiva la querella contra Arraiz por amenazas a la Guardia Civil

El TSJ vasco archiva la querella contra Arraiz por amenazas a la Guardia Civil

EFE

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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha decidido el archivo definitivo de la querella contra el presidente de Sortu, Hasier Arraiz, por injurias o amenazas graves a la Guardia Civil.

La Sala de lo Civil y Penal ha declarado el sobreseimiento libre de Arraiz y el archivo de esta querella en un auto, contra el que no cabe recurso, en el que admite el recurso de apelación de Arraiz.

Este caso se inició con la querella de Dignidad y Justicia contra Arraiz por las declaraciones que el presidente de Sortu y entonces parlamentario vasco hizo el 12 de enero de 2015 con motivo de la detención de un grupo de abogados de presos de ETA en dos operaciones realizadas por la Guardia Civil, denominadas “jaque” y “mate”, los días 9 y 12 de enero.

Ese día y el 14 de enero Arraiz ofreció dos ruedas de prensa. En la primera afirmó que la sociedad vasca debe dar “jaque mate” a la Guardia Civil y pidió que se fuera de Euskal Herria, y en la segunda aclaró sin metáforas que en Euskadi la única violencia era la del Estado español y la “única amenaza violenta” era la Guardia Civil y el resto de cuerpos “represivos”.

El Tribunal Superior vasco admitió a trámite la querella y el magistrado instructor tras realizar las diligencias, incluida la toma de declaración a Arraiz, decidió mantener la causa.

La defensa del político abertzale, ejercida por Iñigo Iruin, presentó un recurso de apelación contra la apertura de juicio oral, que fue apoyada por el ministerio Fiscal e impugnada por Dignidad y Justicia y por el Abogado del Estado.

Ahora la Sala de lo Civil y Penal ha estimado el recurso por considerar que las declaraciones de Arraiz no fueron constitutivas de delito al estar amparadas por el derecho a la libertad de expresión.

El TSJPV argumenta su fallo con sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), el Constitucional y el Supremo, algunas de ellas referidas a declaraciones realizadas por dirigentes de la izquierda abertzale como Arnaldo Otegi (del TEDH por sus declaraciones en las que calificó al rey Juan Carlos de “jefe de los torturadores”), Miguel Castells o el propio Arraiz.

Destaca el tribunal que el derecho a la libertad de expresión solo está restringido en el caso de que haya incitación a la violencia o al discurso del odio, pero admite las declaraciones “que molestan, chocan o inquietan”, aunque sean de “mal gusto” u “ofendan”.

Además, este derecho goza de “especial protección” para los representantes políticos y los límites a la crítica son menores en el caso de las instituciones y los funcionarios públicos que en el de las personas particulares.

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