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El TSJA verá el 14 de noviembre la anulación de la licencia del Algarrobico

El TSJA verá el 14 de noviembre la anulación de la licencia del Algarrobico

EFE

Granada —

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) celebrará el próximo 14 de noviembre una vista pública para dirimir sobre el recurso contra la sentencia de un Juzgado de Almería que declaró nula la licencia municipal de obras del hotel “El Algarrobico”, han informado a Efe fuentes judiciales.

Fue el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 2 de Almería quien anuló y obligó al Ayuntamiento a revisar de oficio la licencia de obras concedida en enero de 2003 a la mercantil Azata del Sol al incurrir ésta en una “infracción urbanística muy grave, pues la construcción afecta a suelo no urbanizable de especial protección”, según recogía la sentencia, que fue dictada en septiembre de 2008.

En ella, el magistrado Jesús Rivera, ordenó también remitir el recurso íntegro al Ministerio Fiscal para que, “a falta de una más depurada calificación”, dirima la presunta comisión de delitos de prevaricación administrativa y contra la ordenación del territorio por parte de la Junta de Andalucía y del consistorio de la localidad, encabezado entonces por Cristóbal Fernández (PSOE).

Argumentó el juez esa decisión en la “abulia y desidia” de ambas administraciones para con la “defensa del interés general en cuanto al respeto de la normativa de costas y de medio ambiente”, así como en la “anuente conducta del ente autonómico con esas vulneraciones del ordenamiento jurídico, que se concretó en la burda maniobra” de modificar la planimetría del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Cabo de Gata-Níjar.

El juez consideró probado que el sector sobre el que se alza el hotel estaba catalogado en dicho plan como zona C1, de manera que figuraba como protegido, si bien la Junta “modificó la planimetría” e incluyó el paraje como zona D2, referida a áreas urbanizables, para “de forma clamorosamente contraria” a la Ley “adaptar” el PORN a las Normas Subsidiarias de Carboneras.

Así, mediante “tan reprochables métodos”, la administración andaluza “no solamente no ejercitó sus potestades y facultades en defensa del medio ambiente”, sino que “orilló” la aplicación de las limitaciones de usos que imponía el Plan de Ordenación para esta zona al modificar por la vía de hecho un plan aprobado oficialmente.

La acusación formulada contra las administraciones de amparar la construcción del complejo en contra de los dictados del PORN se extiende también a la Ley de Costas, que fijó para el Algarrobico una franja de servidumbre de protección de 100 metros y no de 20 como defendía el consistorio, ni de cincuenta como sostuvo durante este proceso la Junta de Andalucía.

La corporación local “tenía perfecto conocimiento hace ya veinte años” de que la servidumbre era de cien metros y no cumplió, dice el juez, con el mandato de adaptar el Plan Parcial a la normativa de Costas al publicarse éste con posterioridad al 1 de enero de 1988.

“Pero si el Ayuntamiento no cumplió con el mandato legal, tampoco lo hizo la Junta de Andalucía”, agregó sobre este punto el fallo, que añadió que la administración andaluza “mostró una actitud pasiva y condescendiente con las infracciones contra la normativa sectorial de Costas, permitiendo” que se iniciase la construcción del hotel.

La anulación de la licencia municipal concedida a la promotora Azata del Sol para la construcción del edificio de 20 plantas en terrenos del parque natural de Cabo de Gata Níjar, declarados entre otros zona LIC o reserva de la Biosfera, se produjo después de que el mismo juez ordenase el 21 de febrero de 2006 la suspensión cautelar de las obras del hotel cuando éste estaba ejecutado en un 94,41 por ciento.

La empresa Azata del Sol, propietaria del hotel, apeló la anulación de la licencia ante el TSJA, que verá ahora, el próximo 14 de noviembre, el recurso.

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