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El TSJM obliga a pagar parte de la extra a los trabajadores públicos

El TSJM obliga a pagar parte de la extra a los trabajadores públicos

EFE

Madrid —

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado a la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid a pagar la parte proporcional de la paga extra de diciembre correspondiente a los 14 días de julio previos a la entrada en vigor del real decreto ley que suspendió su abono.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, da la razón de forma parcial a los sindicatos que presentaron una demanda contra la Agencia por el supuesto incumplimiento del convenio colectivo en relación con la extraordinaria de diciembre.

Ahora, el Tribunal no estima la pretensión inicial de las organizaciones de trabajadores sobre la totalidad de la paga, pero sí sobre las dos primeras semanas de julio, anteriores a la entrada en vigor del real decreto ley.

En este sentido, el fallo recuerda que, según la “reiterada doctrina” del Tribunal Supremo, “las pagas extraordinarias constituyen una manifestación del llamado salario diferido” y se devengan “día a día”, por lo que los trabajadores tienen derecho a su percepción y la aplicación de la norma no puede tener “efecto retroactivo”.

En el mes de octubre, el sindicato CCOO presentó una demanda de conflicto colectivo contra la aplicación del real decreto ley 20/2012 -que entró e vigor el 15 de julio de 2012 y que suprime la paga extraordinaria de diciembre de 2012-, cuya aplicación en los entes de la Comunidad de Madrid aprobó el Gobierno regional en agosto.

En la demanda, se presentaron además como parte interesada los sindicatos UGT, CSIT-UP, CSIF, USO y SITI.

La Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid, que debe pagar ahora a aproximadamente 649 trabajadores laborales la parte correspondiente a los 14 días devengados, puede ahora interponer un recurso de casación contra la sentencia ante TSJM.

El sindicato CCOO ha reclamado al Gobierno, en un comunicado, que haga extensivo el contenido de este fallo “a las cerca de tres millones de personas que desarrollan su actividad laboral retribuida en el sector público del Estado, las administraciones autonómicas y locales” y evite así la “proliferación” de demandas en este sentido.

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