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La Justicia confirma la multa de 151,8 millones de euros a Telefónica

El Tribunal de la UE mantiene la multa de 151,8 millones de euros a Telefónica

EFE

Bruselas —

Telefónica no ha logrado anular ni rebajar la multa de 151,8 millones de euros que le impuso la Comisión Europea (CE) por abuso de su posición dominante en el mercado español de banda ancha, una decisión que recurrió y que hoy ha confirmado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE).

La máxima instancia judicial europea entiende que la decisión de la Comisión estaba suficientemente motivada, que Bruselas demostró la existencia de efectos contrarios a la competencia y que no se violó el principio de igualdad de trato, como alega la compañía.

Por este motivo, desestimó en su totalidad el recurso de casación de Telefónica y mantiene inalterada la multa impuesta por la CE.

La CE tomó la decisión en 2007, después de recibir una denuncia de Wanadoo, y tras comprobar que Telefónica había abusado de su posición dominante entre septiembre de 2001 y diciembre de 2006 al imponer precios no equitativos a sus competidores.

En concreto, señaló que la compañía había estrechado los márgenes entre los precios minoristas de acceso a la banda ancha en el mercado español de los consumidores en general y los precios mayoristas de acceso a la banda ancha a escala regional y nacional.

La CE entendió que este comportamiento implicaba un abuso de una posición virtualmente monopolística que debía ser calificado de “muy grave”, por lo que reclamó a Telefónica una multa de 151,8 millones de euros, cuyo importe de base para el cálculo se fijó en 90 millones de euros.

La compañía, en desacuerdo con la medida, decidió recurrir la decisión, primero ante el Tribunal General de la UE, que también dio la razón a la Comisión, y después ante el Tribunal de Justicia de la UE, contra cuyas decisiones no cabe recurso.

Telefónica defendió su actuación y la del organismo regulador español, la antigua Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT), al afirmar que mantuvo “su total y escrupuloso respeto” a la regulación de telecomunicaciones impuesta en el momento de los hechos por el supervisor.

Los jueces de Luxemburgo, en cambio, avalaron la decisión de Bruselas pese a que uno de sus ochos abogados generales había recomendado revisar el caso al considerar que el Tribunal General, que equivale a la primera instancia judicial comunitaria, no examinó con suficiente profundidad el cálculo de la multa impuesta a Telefónica.

El Tribunal de Justicia, en cambio, cree que el Tribunal General sí llevó a cabo un control en profundidad de la decisión de la Comisión Europea.

“El Derecho de la Unión prohíbe a las empresas explotar abusivamente una posición dominante en el mercado interior o en una parte sustancial del mismo, en la medida en que pueda afectar al comercio entre los Estados miembros”, recuerda el Tribunal.

La corte señala además que la existencia de efectos contrarios a la competencia, que detectó la CE y confirmó el Tribunal General, basta para demostrar el carácter abusivo del comportamiento de Telefónica.

En cuanto a la alegación de la compañía española de que el Tribunal General pudo incurrir en error de derecho al aceptar que la CE declarase que la infracción era “muy grave” pese a limitarse al mercado español, la corte recuerda que el grado de gravedad no depende solo de la dimensión geográfica.

Sobre la rebaja de la cuantía de la multa solicitada por Telefónica en caso de que no se aceptase la anulación de la decisión de la CE, el Tribunal de Justicia considera que la compañía no ha demostrado en qué medida el importe inicial de 90 millones de euros fijado por la Comisión era excesivo hasta el punto de resultar desproporcionado.

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