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El Tribunal Supremo rechaza que Aralar se persone en un recurso contra una resolución sobre el IVA de Volkswagen

EUROPA PRESS

PAMPLONA —

El auto recuerda que el abogado del Estado interpuso un recurso contencioso administrativo contra una resolución de la Junta Arbitral del Convenio Económico entre el Estado y Navarra por la que se inadmite el conflicto negativo planteado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria contra la Hacienda Tributaria de Navarra en relación con la práctica de la devolución de 1.513.750.174,47 euros, por las cuotas soportadas por IVA por Volkswagen desde 2007 a 2011 en las compras de vehículos realizadas a Volkswagen Navarra.

Posteriormente, el grupo parlamentario Aralar-NaBai y el partido Aralar pidieron por escrito que se le tuviese por personado en el procedimiento en calidad de parte codemandada, dadas las competencias legislativas del Parlamento de Navarra en la materia fiscal debatida en el procedimiento.

Ante esta petición, el abogado del Estado solicitó que se rechazase la personación en el proceso de Aralar-NaBai por “carecer de legitimación pasiva para ser parte demandada”.

El abogado del Estado argumenta que se “requiere una relación especial entre el sujeto que pretende personarse y la situación jurídica que se debate en el litigio” y niega que en este proceso “se discuta cuestión relativa a la legislación fiscal o tributaria de la Comunidad Foral Navarra”.

Así, considera que se trata “simplemente de un conflicto negativo respecto al IVA, que se dirime en función de las normas del Convenio Económico, no de las dictadas por el Parlamento de Navarra”.

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