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La UE restringe el comercio de productos usados para la tortura y la pena capital

EFE

Bruselas —

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Los países de la Unión Europea (UE) adoptaron hoy una nueva normativa sobre productos que pueden ser usados para aplicar la pena capital, tortura o castigos degradantes para prevenir que exportaciones europeas contribuyan a violaciones de derechos humanos en países ajenos a los Veintiocho.

La anterior normativa, que había entrado en vigor en julio de 2006, se modifica para incluir nuevas reglas en el control de exportaciones, la negociación de transacciones y la asistencia técnica de estos productos, entre otros cambios, según un comunicado del Consejo de la UE, institución que representa a los países.

La regulación diferencia entre artículos que únicamente pueden ser empleados para aplicar la pena capital o tortura, como guillotinas o sillas eléctricas, y otros productos que pueden tener otros usos legítimos además del castigo, como ciertas sustancias químicas.

El nuevo texto, que fue previamente acordado con el Parlamento Europeo, incluye una autorización general para exportaciones a países socios en convenciones internacionales sobre la pena capital, que implica que solo serán posibles si el país importador ha abolido esta práctica y no vuelve a exportar dichos bienes a un tercer país.

La nueva normativa incluye también cambios que afectan a la transacción del equipamiento sujeto a prohibiciones, como el veto a negociación por parte de los comerciantes si estos son conscientes de que se trata de material que puede ser usado para pena capital, con el objetivo de evitar comercio de estos bienes cuando están fuera de la Unión Europea.

En el mismo sentido, también se restringe la asistencia técnica sobre este tipo de bienes si se está al tanto de que los productos podrían ser usados en contra de las regulaciones europeas sobre derechos humanos.

De acuerdo con el nuevo texto, la publicidad en catálogos y la muestra de productos en exposiciones quedan prohibidas en el caso de materiales que únicamente tienen como uso la aplicación de tortura o la pena de muerte.

Además, ajusta la definición de tratamiento o castigo cruel, inhumano o degradante, tras la jurisprudencia sentada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, y crea un procedimiento de urgencia para la regulación de esta normativa en el caso de que nuevos productos entren en el mercado.

El Consejo de la UE establece también un grupo de coordinación, formado por la Comisión Europea y expertos en la materia, que tratará cuestiones de interpretación, desarrollo e implementación de la nueva regulación, tal y como había pedido la comisión de Comercio Internacional de la Eurocámara el pasado mes de septiembre.

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