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El apoderado de Urdangarin dice al juez que quien mandaba en Nóos era Torres

El apoderado de Urdangarin dice al juez que quien mandaba en Nóos era Torres

EFE

Palma —

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Mario Sorribas, apoderado de Iñaki Urdangarin, asegura en un escrito enviado al juez José Castro que quien mandaba en el Instituto Nóos, investigado por supuesta corrupción en relación con un posible desvío de fondos públicos, era el exsocio del duque de Palma Diego Torres.

La representación de Mario Sorribas, que está citado a declarar como imputado en esta causa para el próximo 10 de junio en los juzgados de Palma, aporta en su escrito una serie de correos electrónicos enviados o recibidos por él para demostrar que era Diego Torres el que mandaba y disponía en el Instituto Nóos, “aunque él y su esposa traten de esconderlo”, comenta.

Esta es parte de la documentación del tomo 35 del sumario del caso Nóos, el último cerrado por el juez de Palma José Castro.

De esta forma Sorribas sale al paso de lo que considera una “avalancha de falsedades pronunciadas” por Torres y su mujer durante sus declaraciones judiciales, que entiende van dirigidas a perjudicarle “en un claro intento de practicar la maniobra de la confusión”.

A juicio de Sorribas los correos electrónicos que ha aportado al juez Castro “desmienten las torticeras manifestaciones de sus antiguos patronos”.

Sorribas se refiere en primer lugar a un correo en el que Diego Torres agradece a la plantilla el gran esfuerzo realizado para el Summit de Valencia y ya los prepara para el que deberían desplegar para el Fórum de Baleares, dos de los eventos organizados por el Instituto Nóos, que se investigan por presunta malversación.

Aporta también varios correos donde Torres da órdenes diversas y uno en el que una secretaria le contesta que es aquel el que debe autorizarle un viaje.

La representación de Sorribas comenta que de algunos correos se desprende una “constante de Diego Torres, consistente en que siempre que olfatea peligro con habilidad zorruna le cuelga el problema a uno de sus empleados”.

Añade que “otra de las habilidades” de Torres se exhibe en un correo en el que Sorribas le propone colgar unas noticias en la web y “el jefe asiente pero le ordena colgarlas de forma progresiva en vez de todas de golpe, usando una deliciosa técnica que después ha desarrollado en la aportación de mails por capítulos en esta causa, como si se tratara de un serial que tiene a medio país enganchado”.

Agrega que “una de las patrañas más absurdas relatadas por el matrimonio Torres-Tejeiro” consistió en adjudicarle un trato autónomo y relevante con el secretario de las infantas Carlos García Revenga.

La defensa de Sorribas mantiene que éste únicamente tenía en el Instituto Nóos una participación a título administrativo tal como se refleja en varios correos en los que Torres le da órdenes en ese ámbito, e incluso le utilizan como “simple y vulgar correveidile”.

Concluye que “Mario Sorribas era el que llevaba los papeles que le ordenaba Diego Torres el día y a la hora en que éste le mandaba”.

La representación de Sorribas aclara que no pretende otorgar a Diego Torres preeminencia sobre quien fue su socio Iñaki Urdangarin.

Sin embargo, añade que “la circunstancia de que Torres, aún siendo inocente de todo delito, sea de manera comprobada una mala persona no significa en modo alguno que esta defensa trate de perjudicarle inmiscuyéndose en pleitos o disputas societarias que le son ajenas”.

“Sucede simplemente que de momento no hemos hallado mails dirigidos por o al yerno del rey donde dé instrucciones de mando, de lo que en todo caso cabe deducir que aquél no se prodiga en el correo electrónico excepto cuando está el duque en Palma, donde parece que se torna más locuaz”.

En este tomo del sumario figura también un escrito de la representación de la infanta Cristina, en el que se opone a la personación en la causa de los concejales socialistas en el Ayuntamiento de Valencia, que finalmente fue aceptada por el juez.

El escrito estima que a estas alturas del procedimiento admitir a cada ciudadano que desee actuar de forma aislada representa un “peligro serio de padecer retrasos indebidos en la causa”.

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