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La Audiencia Nacional ratifica la prisión provisional de Ignacio González

EFE

Madrid —

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La Audiencia Nacional ha ratificado hoy la prisión provisional del expresidente madrileño Ignacio González y de la exdirectora financiera del Canal de Isabel II María Fernanda Richmond por el caso Lezo al persistir el riesgo de fuga, de reiteración delictiva y de obstrucción a la investigación.

En el auto, la sección cuarta de la Sala de lo Penal observa que González, según la investigación, podría estar implicado “en el pago de una comisión de 1,4 millones de euros por la adjudicación del tren de Navalcarnero” (Madrid), en la operativa fraudulenta del Canal de Isabel II y en la financiación irregular del PP de la Comunidad de Madrid a través de la Agencia de Informática y Comunicaciones (ICM).

Rechaza así el recurso que interpuso González contra su ingreso en prisión el pasado 21 de abril, mientras que en otro auto deniega la libertad a Richmond, a quien el juez de Lezo le impuso para poder eludir la cárcel una fianza de 4 millones de euros, que aún no ha podido abonar y que la Sala, en contra de lo alegado por ella, considera que no es “desproporcionada”.

Los jueces cree que “el arraigo familiar invocado” por González para desmentir el riesgo de fuga, al igual que su notoriedad pública y la carencia de medios económicos que alega, “no supone en este caso minimización de ese riesgo”.

“La necesidad de apoyo familiar en estos momentos tampoco minimiza el riesgo de fuga cuando hay otros miembros de la familia investigados y que podrían llegar a estar en las mismas circuntancias”, señalan los magistrados, al recordar que su hermano Pablo González se encuentra también en prisión provisional eludible con una fianza de 4 millones.

El auto alude a las “numerosas actividades empresariales” que estaba llevando a cabo con su familia con dinero “presuntamente ilícito” y que estaría “oculto”, ya que “la información patrimonial analizada arroja fuertes discrepancias entre el patrimonio declarado y los importes de las inversiones” que planeaba y que podría retomar una vez en libertad, incurriendo en reiteración delictiva.

Indica también la Sala que la “gravedad” de los hechos investigados -constitutivos de delitos de cohecho, prevaricación, fraude, malversación, corrupción en los negocios, negociaciones prohibidas a funcionarios, organización criminal, tráfico de influencias, blanqueo de capitales y contra la hacienda pública-, incrementan el riesgo de fuga ante la “gravedad de las penas” que pudieran llevar aparejados.

Tampoco el hecho de su notoriedad pública es justificación para dificultar la sustracción a la acción de la justicia, ya que, a juicio de la Sala, podría huir a otros lugares donde no goce de esa notoriedad y buscar refugio en países en los que haya menor nivel de cooperación policial y judicial, pudiendo mientras tanto mantenerse con los fondos que presuntamente ha desviado al extranjero y que no han sido intervenidos.

En este punto recuerdan que en una conversación intervenida a dos investigados se afirma que el ritmo de vida de González no puede sostenerse con los ingresos justificados que tiene y uno de ellos dice que González tiene “dinerillo B”.

En su recurso, la defensa del expresidente madrileño, que ejerce el abogado Esteban Mestre, consideraba “injustificada, desproporcionada e innecesaria” la medida de ingreso y que podría ser sustituida por una medida menos gravosa como las comparecencias periódicas, la prohibición de salida al extranjero o la retirada del pasaporte.

La Fiscalía se opuso a dejar en libertad a González en un polémico informe en el que aludía a la “investigación chivada del secretario de seguridad” José Antonio Nieto y que llevó a la Fiscalía a tener que aclarar que no se le estaba investigando y que se trataba de una redacción confusa.

Respecto a Richmond, los magistrados entienden que en su caso persiste también el riesgo de fuga y de destrucción de pruebas al estar investigada por “desvíos de dinero público madrileño (25 millones de dólares) que así pasaban a cuentas bancarias en terceros países con opacidad” y de este modo enriquecía “a determinadas personas” a costa de la desaparición del patrimonio del Canal.

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